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CONTESTACION DE DEMANDA
- Autor : VTorres
- Fecha : Jueves 24 de Mayo de 2018 16:24
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- Descripción : CONTESTACION DE DEMANDA
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ita propuestas de declaracin para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones, las cuales no tendrn el carcter de resolucin fiscal, por lo que tal y como se advierte del propio documento combatido, slo se emite con el carcter de propuesta de declaracin de acuerdo a los artculos ____________ del Cdigo Financiero. Para corroborar lo anterior, bastar con que esta H. Sala considere que en el documento que la actora pretende impugnar se seala expresamente lo siguiente: PROPUESTA DE DECLARACIN DE ACUERDO A LOS ARTCULOS ______________ DEL CDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL. De lo expuesto, resulta que el acto que pretende impugnar la actora, no constituye una resolucin que le cause agravio en virtud de que conforme a lo dispuesto por el mencionado articulo _________ del Cdigo Financiero, que contempla lo relativo a la obligacin de presentar declaraciones para el pago de las contribuciones en los casos en que asilo seale dicho ordenamiento, como lo es el impuesto predial, al sealar expresamente lo siguiente: _____________________________________________________________. De lo anterior, se puede advertir con claridad que las propuestas de declaracin para el pago del impuesto predial no constituyen una resolucin fiscal por ministerio expreso de ley, en tanto que los contribuyentes pueden aceptarlas y presentarlas como declaracin y en ese caso la autoridad ya no realizar determinacin por el perodo correspondiente. Esto es as, toda vez que conforme a lo dispuesto por el artculo ________, en relacin con el _____________ del Cdigo referido, estn obligadas al pago del impuesto predial las personas fsicas y las morales que sean propietarias del suelo o del suelo y las construcciones adheridas a l, asimismo dicho numeral establece que los propietarios de los bienes mencionados y en su caso los poseedores debern determinar y declarar el valor catastral de los inmuebles. Sin embargo el numeral trascrito dispone que con el objeto de facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones la autoridad podr emitir las propuestas mencionadas, que tal y como su nombre lo indica pueden o no ser aceptadas. En consecuencia tenemos que si en el acto impugnado solamente se propuso una cantidad como cuota de la contribucin del impuesto referido, tal situacin significa que ste no tiene el carcter de resolucin definitiva, p