- Inicio
- Sala Civil
Sala Civil
¿PROCEDE PAGO DE ALIMENTOS EN ESPECIE?
- Consulta : 4895
- Autor : Adammo
- Publicado : 2016-10-04 22:15 desde la IP: 189.181.229.145
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,394
-
AutorConsulta
-
Publicado el Martes 04 de Octubre de 2016
Estado de Referencia: Jalisco
Buenas noches, soy un estudiante de derecho de Jalisco. Repasando el tema respecto la obligación alimentaria, en un libro (específicamente Derecho Civil I de Rojina Villegas) menciona que el pago de alimentos puede realizarse en especie pero en el Codigo Civil del estado en que resido no menciona nada y en jurisprudencia no he encontrado alguna qur sustente ese dicho. ¿Podrían ayudarme con mi duda? Espero me puedan ayudar. -
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 5966
-
Fecha de respuesta: Martes 11 de Octubre de 2016 13:31 2016-10-11 13:31 desde IP: 189.180.164.1
no... debe ser en lo economico... que ademas... y por fuera... quiera darle su despensa...o dar vestido y calzado... sería un extra... que no esta en la pensión... ya que el conepto de ley es muy claro... y debe ser tomado en ese sentido... y no dar mas... por ninguna causa...
-
Autor
![]() |
|
![]() |
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.