- Inicio
- Sala Civil
Sala Civil
MATRIMONIO O LEY DE CONVIVENCIA?
- Consulta : 3825
- Autor : kris_sevens
- Publicado : 2012-09-19 15:02 desde la IP: 187.139.21.71
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,474
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 19 de Septiembre de 2012
Estado de Referencia: Aguascalientes
Saludos Decanos del Derecho¡
Soy estudiante de Derecho y me gustaria saber si me pueden disipar una duda
1. Entiendo que se Reformo la Constitucion donde Un hombre o Mujer pueden hacer su familia
2. Entiendo que unos estados han sido Omisos en reformar o generar las condiciones para estas nuevas familias
3. Mi duda es ¿Se que en el Distrito Federal Existe la ley de Convivencia entonces que pasa cuando sales del DF?, entiendo que por estar en la constitucion se debe respetar pero si te cambias a Jalisco que tomas de manera supletoria el Codigo civil en su apartado de Divorcio?
O necesitan hacer una ley de convivencia como en el DF o que aplica? como se proteje
tengo muchas dudas del tema y ademas mis profes son medio de tabus
Exelente dia ¡
SLds
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 4210
-
Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Septiembre de 2012 15:15 2012-09-19 15:15 desde IP: 201.103.190.211
Cualquier acto jurídico que tenga válidez en un Estado, debe ser respetado por los demás.
Si tu celebras una sociedad en convivencia, de igual forma es respetada en otro Estado; sin embargo su forma de disolverse si es muy específica, dado que se tiene que informar a la Secretaría de Gobierno del D. F. dicha disolución.
Pero no puedes aplicarle un divorcio, puesto que no es un matrimonio.
Matrimonio y sociedad en convivencia, son dos figuras jurídicas diferentes y se rigen por diversas normas. El primero, por el Código Civil y el segundo, por la Ley que le da origen a esa figura legal.
Ahora, si te refieres a un matrimonio entre personas del mismo sexo, que pretendan disolver dicha unión, ahí sí tendrán que aplicar las normas relativas al Estado donde se establezca el último domicilio conyugal.
La Constitución no fue reformada, pues siempre ha establecido que un hombre y una mujer pueden formar una familia... no sé a que te refieras con NUEVAS FAMILIAS...
No te confundas, cada figura jurídica es diferente.
Suerte!
Autor
Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 107515008 veces.
Lecturas completas: 4792





