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  • Autor : jcaesar
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    Respuesta No: 855

  • jcaesar
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    saludos.

    primero, habria que saber la fecha en que la esposa refiere que acontecieron los hechos de la supuesta violacion. esto es si atiende a hace ya tiempo o se refiere a una fecha reciente, digamos horas o uno o dos o tres dias. pues si hemos de presumir que la denuncia esta por presentarse, y a la fecha en que se interponga la denuncia, los hechos sean considerados como flagrantes, por la proximidad entre los supuestos hechos que se denuncian y la denuncia misma, se le podria detener en flagrancia, algunos lo llamamos la cuasiflagrancia. caso contrario, esto es, que entre la fecha de la denuncia y la fecha en que acontecieron los supuestos hechos denunciados, haya transcurrido el tiempo necesario para que no se configure la flagrancia, a lo sumo lo tratataran de presentarlo ante la agencia para recabar la declaracion ministerial, a cuyo acto, recomiendo ir acompañado de un abogado, pues en ocasiones, la autoridad, suele pasar por alto ciertas formalidades, que a la postre devienen en perjuicio del indiciado. Otra de las ventajas de asistir con abogado, es que este al nombrarse e imponerse de las actuaciones, puede prepapar la estrategia de defensa que mas convenga, ademas de poder dar seguimiento a la denuncia, esto es tener conociminto si se consigna o no ante un Juez. En caso de consignarse a un juez, si sera necesario promover un juicio de amparo indirecto contra la orden de aprehension, pero como tu lo refieres, al tratarse de un delito grave,ni aun tramitando la suspencion del acto reclamado, no va tener por efecto el que se suspenda la orden en si, sino solo el que se le ponga a disposicion de la autoridad que conozca del amparo en cuanto sea detenido. asi que en tal caso lo mas recomendable es tramitar el amparo sin suspension, de forma tal que permita al abogado que el juez de amparo revise la orden de aprehension, obviamente garantizandose por parte de los familiares que no encuentren al indicido, pues la orden queda vigente.