- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 282060
- Autor : Magister Curiae
- Consultas en Foro: 11
- Respuestas en Foro: 1120
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3408
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 393392
-
Fecha de respuesta: Domingo 26 de Febrero de 2017 19:06 2017-02-26 19:06 desde IP: 187.199.200.30
garovalo:
Además de estúpido ahora demuestra que usted NO sabe leer. Hay que leer bien… y luego usar el cerebro que parece ser que usted no tiene.
Ya le expliqué que la U. N. A. M. goza de autonomía pero que es evidente que usted desconoce qué es esto, es más, usted escribió la estupidez de que la normatividad de la U. N. A. M. es mediante legislación del Congreso de la Unión.
Usted ni es abogado ni tampoco sabe leer, y mucho menos entiende ,lo que lee.
Y efectivamente, el que lleva asuntos penales sabe que cuándo comienza la prescripción, y es notorio que usted nunca ha llevado un asunto de usurpación de identidad por los postulantes de un examen de admisión de la U. N. A. M., pero yo sí los he atendido, tal y como expliqué en respuesta anterior.
Así pues. tenemos que usted escribe careciendo de conocimiento de causa, tanto porque desconoce el derecho penal como el universitario, así como desconoce la mecánica de los exámenes de admisión, en los que, al momento de que se presenta el examen, el postulante es identificado y cuando se detecta una credencial falsificada se le toma fotocopia para posteriormente ejercer las acciones legales de la legislación universitaria y la penal, así que la prescripción comienza a correr a partir de la fecha del propio examen y nunca tres años después.
Claro está que usted hace gala de ignorancia porque nunca ha sido abogado en uno de estos asuntos, pero ya informé al foro que yo sí que tengo esas experiencias y ahora agrego que cuento con expedientes que acreditan lo que afirmo, así que mejor será que ueste se calle el hocico de burro que usted tiene en vez de boca de humano dotado de inteligencia.
-
Autor