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  • Consulta : 279379
  • Autor : LIC.IB
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  • Autor
    Respuesta No: 387718

  • LIC.IB
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es un tema complejo, en estricto sentido ella sólo tiene derecho al valor de la construcción y al prestamo que realizó, pero los propietarios del inmueble tendrían derecho auna renta ya que no hay nada por escrito. El comodato sólo le permite poseer por cierto tiempo, y cuando fenece se le puede exigir que se retire. Por lo que lo correcto sería un "usufructo" ante notario, lo cual es algo caro, por lo menos hacerlo en contrato privado, aunque no se protocolizara ante notario. Sin embargo veo dificil que tu abuela pueda hacer un documento que le faculte a otros a vivir ahí, Ya que el usufructo vitalicio que es el plazo máximo fenece (termina) con la muerte. Yo le sugeriría que documentara el prestamo es decir que le firmaran por lo menos un pagaré por el valor del prestamo, sin fecha de pago, así tendría al menos un documento que le ampare hasta a embargar la propiedad en caso de ser necesario.