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¿SE PUEDE SUSPENDER A EMPLEADOS POR DISMINUCIóN DE TRABAJO?

  • Consulta : 286063
  • Autor : SairaRZ
  • Publicado : Miércoles 19 de Junio de 2019 16:48
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,141
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  • Autor
    Consulta

  • SairaRZ
    USUARIO REGISTRADO

    En mi trabajo se nos informó que el trabajó a disminuido considerablemente por lo que se suspenderá al 50% del personal sin goce de sueldo, el tiempo de la suspensión de labores no se nos ha informado, la pregunta es ¿Es válida la suspensión de los empleados sin goce de sueldo por disminución del trabajo en la empresa? y de ser así ¿cuanto tiempo es el máximo que se puede suspender según la Ley?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 399899

  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Son varias las causas para suspender temporalmente, parcial o totalmente, las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón de acuerdo al artículo 42, 428 y 447 de la LFT tratándose de contratos individuales o colectivos, que, en este caso, estaríamos ante una causa de fuerza mayor dada la situación económica que no necesita acreditarse pues es de todos conocida. La suspensión deberá tramitarla el patrón ante la autoridad laboral correspondiente, que será por seis meses y al término de éste los trabajadores deberán verificar si aún prevalece la suspensión para proceder a su liquidación.



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