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CUENTA BANCARIA COTITULAR VS TESTAMENTO
- Consulta : 283082
- Autor : tsellab
- Publicado : Miércoles 23 de Agosto de 2017 13:48 desde la IP: 194.176.105.170
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,143
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 23 de Agosto de 2017
Saludos ! Mi abuelo hizo testamento en 1984 y dejo heredera universal a mi abuela de bienes inmuebles Mi abuelo abrio una cuenta bancaria en 2009, y enfermo en 2009, puso de titular a su hija al no fiarse de su esposa y resto de hijos. Los beneficiarios eran sus hijos (y no su esposa) Mi madre se ha hecho cargo de mi abuelo hasta que fallece (2012) y de mi abuela (con demencia a partir de 2012) Mi madre se ha hecho cargo de todos los cuidados de mi abuelo y abuela, y sus hermanos no hicieron nada. Mi madre tenia temor de repartir porque sus hermanos se gastarian el dinero y dejarian sin cuidados a su madre. Ella esperaba a la muerte de su madre repartir. Ahora esta demandanda por su madre y sus hermanos para que les de el dinero Nos han dicho algunos abogados que mientras ella sea titular de la cuenta, no tiene nada que temer, pero ahora nos enfrentamos a este problema. La ley de instituciones de credido dice que al fallecer el titular de la cuenta el dinero es del otro titular y en caso de fallecer de los beneficios (NO de la herederea universal) Me gustaria saber vuestra opinion. De quien es el dinero ? Gracias !
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 395530
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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Agosto de 2017 14:44 2017-08-23 14:44 desde IP: 187.145.3.239
del beneficiario del banco... no del testamento... son situaciones distintas...
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Autor
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AutorRespuesta No: 395549
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Agosto de 2017 07:28 2017-08-24 07:28 desde IP: 194.176.105.146
Hola Garovalo ! Gracias por tu respuesta Dices de los beneficiarios, y en que caso queda ella como titular (o co-titular) de la cuenta ? Dices que del testamento NO, "porque son situaciones distintas" Podrias aclararme un poco mas (Gracias !) Porque esa es la base de la denuncia penal que tenemos ! Un saludo y gracias nuevamente
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Autor
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AutorRespuesta No: 395553
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Agosto de 2017 13:01 2017-08-24 13:01 desde IP: 187.145.3.239
el titular de la cuenta... al momento de abrir tal... en el contrato... señalo quien es el beneficiario de esa cuenta en caso de muerte del titular... y ese es el que debe cobrar sobre cualquier otra persona... si hay un co-titular... que no es beneficiario... podra sacar el dinero... en forma directa... mientras no se le haya dicho al banco que el titular ha muerto... pero si ya se le dijo al banco... solo el beneficario puede sacar el dinero... y este es independiente de l situación de herederos de un testamento.... asimismo.... si hubiera seguros de vida... estos ya tienen beneficiarios... independendientes del testmento... esos rubros no entran en la sucesión... jui claro?
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AutorRespuesta No: 395564
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Agosto de 2017 03:46 2017-08-25 03:46 desde IP: 194.176.105.154
Gracias Garovalo ! Mucho mas claro, el testamento es otro asunto completamente distinto (Articulo 56 Ley de Instituciones de Credito El titular de las operaciones a que se refieren las fracciones I y II del artículo 46 de esta ley, así como de depósitos bancarios en administración de títulos o valores a cargo de instituciones de crédito, deberá designar beneficiarios y podrá en cualquier tiempo sustituirlos, así como modificar, en su caso, la proporción correspondiente a cada uno de ellos. En caso de fallecimiento del titular, la institución de crédito entregará el importe correspondiente a quienes el propio titular hubiese designado, expresamente y por escrito, como beneficiarios, en la proporción estipulada para cada uno de ellos. Si no existieren beneficiarios, el importe deberá entregarse en los términos previstos en la legislación común " Gracias de nuevo por tu aclaracion. No puedo obviar que haces enfasis en los beneficiarios, pero y el co-titular ? El banco SI fue notificado que fallecio el titular y no hubo ningun impedimento para que el cotitular restante siguiese gestionando el dinero. Mi pregunta entonces : - Tiene mas derecho un beneficiario que un co-titular ? - El titular no solo es un administrador sino que tiene la facultad de gestionar ese dinero como mejor convenga, en una cuenta colectiva solidaria Gracias de nuevo Jose
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Autor
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AutorRespuesta No: 395565
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Fecha de respuesta: Viernes 25 de Agosto de 2017 08:32 2017-08-25 08:32 desde IP: 201.153.113.40
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AutorRespuesta No: 395604
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Fecha de respuesta: Domingo 27 de Agosto de 2017 12:39 2017-08-27 12:39 desde IP: 187.145.3.239
avuzados con la coyotita misteriosa... eso no es cierto... ................todos los no contemplados como beneficiarios de la cuenta.... podran integrarse al juicio sucesorio... testamentario o intestamentario... como mejor corresponda... pero muerto el titular.... mientras el banco no lo sepa... el cotitular... podra hacer uso del dinero... quien pone en conocimiento al banco?.... el beneficiario...
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