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RECONTRATACIóN DE UN TRABAJADOR. ¿PUEDE AFECTAR A LA EMPRESA?

  • Consulta : 177399
  • Autor : cintye
  • Publicado : Miércoles 21 de Noviembre de 2012 16:14 desde la IP: 189.138.112.133
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,138
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  • Autor
    Consulta

  • cintye
    ESTUDIANTE

    Buenas tardes abogados. Pido su ayuda con lo siguiente:

    Un trabajador renunció después de 19 años de trabajo porque se iba a vivir a otra ciudad. Finalmente esto no sucedió y se quedó.

    Vino a pedirme que lo recontratara y como es un buen trabajador quisiera hacerlo pero la plaza que él tenía ya se ocupó, sólo podría darle trabajo en otro puesto de menor categoría. El salario de este otro puesto es menor (casi la mitad).

    Si lo recontrato en el puesto que está disponible y le reconozco en el contrato la antigüedad de los 19 años, ¿él podría demandarme los pagos y prestaciones del puesto que venía desempeñando antes de que renunciara cuyo salario era mayor?

    El tiempo que dejó de trabajar con nosotros después de su renuncia han sido hasta hoy 34 días

    Gracias anticipadas por su respuesta 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 292723

  • MRIES
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Conoce Usted el refrán de que "el que se fué a la villa perdió su silla"?

    Pues es lo que le sucedió a su trabajador, si renunció y ya después no se le hicieropn sus planes, pues no es culpa del patrón verdad?

    Ahora, supongo que tiene Usted una renuncia al empleo de puño y letra del trabajador con firma autógrafa y huella dactilar impresa, firmando de recibido una copia y el pago de un finiquito con cheque certificado ante la junta de conciliación y arbitraje de su entidad, por que si no es así, agárrese por que sí, actualmente le pueden meter pleito por todo en materia laboral, hay que ser muy cuidadoso en esa parte, por favor, consulte a un abogado que le atienda personalmente y evítese mayores problemas.

    Saludos y éxito con su asunto.

    Lic. Riestra.



  • Autor
    Respuesta No: 292731

  • cintye
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola Lic Riestra

    Tuvimos cuidado de documentar la renuncia y ratificamos la terminación de la relación laboral en la Junta de conciliación y arbitraje. El tema que me inquieta un poco es el reconocer la antigüedad si sólo estuvo dado de baja 34 días. Me inquieta pensar que me pueda demandar derechos de 19 años por una interrupción de 34 días pero no puedo dejar de reconocer que es un trabajador honesto y vale la pena revisar el caso.

    Cordial saludo y gracias por sus respuestas



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