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GARAVALO

  • Consulta : 141573
  • Autor : papi_NR
  • Publicado : Lunes 12 de Marzo de 2012 12:32 desde la IP: 187.195.187.45
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,133
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  • Autor
    Consulta

  • papi_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tamaulipas

    Licenciado tiene toda la razon del mundo cuando dice que me ponga a estudiar me equivoque al poner pagare falsificado mas bien es pagare alterado porque estas personas usaron una firma en blanco que ha su vez en el art 244 fracc ii del codigo penal dice que indebidamente nadien debera hacer uso de una firma en blanco o una rubica para sacar provecho de sus bienes en eso me basaba yo ya que la firma si es la autentica solo que el pagare lo llenaron dos personas con letra diferente y la pregunta era si embargo el coche me voy a ver mal ya que los que me dijeron que el pagare es altarado son familiares y pos me va a valer eso por no verdad voy empezando y me vana decir que soy muy trinquetero que me vale si el pagare es altarado o no pero muchisimas gracias me voy a poner a estudiar

     

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  • Autor
    Respuesta No: 257794

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    a ver... yo te mando por la leche... si esta adulterada o no... ese no es tu pedro... tu traeme la leche...lo que digan... lo van a decir...

    el demandado tiene un derecho... que lo haga valer... tu no te metas donde no te llaman...tu estas en el extremo... en la cobranza... para eso te contrataron y te pagan...

    checa tus textos del artículo 10 al 15 de la ley general de titulos y operaciones de credito...

    si tu no lateraste el documento... nada tienes que ver... si el documento fue llenado a maquina... con letra de molde... con letra manuscrita... con otra pluma...con otros colores... lo fue antes de ser presentado para su cobro... NO ES UNA ALTERACION...alterar es ... que habiendo un espacio entre el numero y signo de pesos... le agregues numeros y luego se vea que cambiaste el monto... que aparece alterado por dos tipos de letras... eso es alteración... que tenia un cero en el renglon de intereses y le agregaste un uno... de forma notoria... GROSERA... que hace dubitar sobre el texto del documento...

    que el demandado le saco copia al documento... y la presenta al momento de contestar la demanda... eso da origen a la pericial... alegando el la alteración... antes.. de todo eso... no hay nada...

    ponte a estudiar... si embargas... no dejes los bienes en graantia en deposito... llevatelos... secuestralos....

    la decisión final no es tuya... es del juez...



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