Cafeteando

  • Autor
    Respuesta No: 8684

  • paulina1971
    ABOGADO CIVIL


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    Buenas noches, respecto de este tema hago los siguientes comentarios: Es inevitable realizar los tres actos jurídicos y sería posible hacerlo en una sola escritura. No hay impedimento legal para ello. En orden cronológico habrá primero que abrir la sucesión de María para que por conducto de su albacea, inventaríe los derechos derivados de la Información Ad Perpetuam correspondiente. Como consecuencia de la sociedad conyugal y presuponiendo que no haya otorgado testamento la de Cujus, serán herederos del 50% de la citada sucesión sus tres hijos por partes iguales. Bien pudiera ser que en ese instrumento, los dos hermanos cedan sus derechos hereditarios a favor de HUGO con la causación del Impuesto traslativo de dominio y el I.S.R. correspondientes. Asimismo, el papá pudiera donar su restante 50%, ahorrándose solamente el I.S.R pues no se genera cuando es donación entre ascendientes y descendientes.



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