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PERICIALES CARACTER DE COLEGIADO.
- Autor : Lic.DiegoGonzalez
- Fecha : Miércoles 23 de Noviembre de 2011 19:07
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Considero que el hecho de que el legislador ubique la prueba pericial como necesariamente colegiada, es casuisticamente absurdo, ya que en algunas ocasiones es indispensable e inpresindible la prueba pericial tercera en discordia, pero en otras ocasiones existen periciales que contienen razonamientos absurdos alejados de la realidad, notorio a toda luz que la finalidad del dictamen es favorecer a su oferente desorvitandose de la logica y la experiencia humana, tratando de ilustrar al Juzgador de afirmaciones sin sustento ni fundamento que la luna y el sol no existen "por ejemplo burdo", sucediendo que a mi juicio se ha trastornado el llamamiento de un perito tercero, ya que a ello se debe llegar unicamente cuando las periciales rendidas por los peritos de las partes resulten sustancialmente contradictorios, y no debe ser llamado por la obligatoriedad de colegiar dicha prueba siempre; dicho de otro modo, la equidad que debe prevalecer en un proceso litigioso no debe excluirse en la prueba pericial, y a mi gusto debe legislarse com mayor abundamiento cuando y bajo que circunstancias es necesario nombrar a un perito tercero en discordia, ya que hoy en día basta con que las periciales rendidas por los peritos nombrados por las partes vengan a ilustrar una serie de aberraciones posiblemente absolutamente agenas a la litis judicial, para que el Juzgador las califique de contradictorias, siendo que lo idoneo sería obligar al Juez del conocimiento para hacer un estudio consiensudo del porque considera que esas periciales resultan contradecirse, fundando y motivando la razon del auto, a efecto de que las partes no queden en estado de indefensión; por otro lado es necesario reformar lo tocante a la designación del tercero, ya que hoy en día perito tercero en discordia significa "hombre o mujer conocedor de cierta materia al que debemos ganar $$$$$", LOS DATOS DEL PERITO NO DEBEN SER PUBLICADOS Y CON ESO EVITARIAMOS CORRUPCIÓN, ya que es claro que un perito tercero en discordia se subasta al mejor postor y dependiendo el sapo y el asunto es la pedrada.
Abundando y ejemplificando lo anterior supongamos que tenemos un juicio en el que un BANCO litigan un asunto contra Juanito Perez, el banco dice que Juancito le debe un millon de pesos ya que hace dos años le presto una lanita para hacer un cuartito, ofrece su flamante perito aduciendo que 2 mas 2 ahora es un millon ¿?, viene juanito a decir señor Juez 2 mas dos son 4 y como 2 fue lo que me presto y 2 son los intereses absolutos pactados, eso le debo, ¿ES NECESARIO NOMBRAR A UN TERCERO EN DISCORDIA?...., pero bueno el Juez dice esto es contradictorio nombro a pedrito como tercero ahi tienen sus datos, ¿que irá a decir el tercero?, ¿quien tendrá mayor fuerzá economica para adquirir en subasta el tercero?, ¿se hizo justicia?, ¿funciona el sistema procesal de la prueba pericial?.... SALUDOS A TODOS.
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