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EL DERECHO DE CONVIVENCIA DE LA FAMILIA AMPLIADA
- Autor : LARAD ABOGADOS
- Fecha : Domingo 13 de Septiembre de 2015 20:34
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LA FAMILIA AMPLIADA CONSTITUYE EL NUCLEO DE PERSONAS QUE ESTAN LIGADOS AL PADRE O MADRE DE UN MENOR Y QUE EN EL MOMENTO DE QUE LOS PROGENITORES ENTRAN EN CONFLICTO, UNO DE ELLOS PRIVA DE LA CONVIVENCIA AL OTRO, DAÑANDO SERIAMENTE LOS LAZOS AFECTIVOS Y DE LA CUAL TAMBIEN SON VICTIMAS LOS FAMILIARES DIRECTOS DEL PROGENITOR QUE SUFRE LA PERDIDA DE LA CONVIVENCIA.
LA FAMILIA AMPLIADA DIGASE ABUELOS, TIOS Y HASTA HERMANOS MAYORES, ESTAN FACULTADOS POR DERECHO A DEMANDAR LA CONVIVENCIA CON EL MENOR CON EL QUE TIENEN EL VINCULO, ELLO CON INDEPENDENCIA DE QUE EL PROGENITOR VICTIMA DEMANDE O NO DEMANDE, YA QUE EL DERECHO DE CONVIVENCIA LE ASISTE COMO MEDIDA FUNDAMENTAL AL NIÑO Y LA JUSTICIA DEBE ATENDER TODA DEMANDA QUE PROVENGA DE UN FAMILIAR EN PRIMER GRADO O SEGUNDO.
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