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SOBRE EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
- Autor : DavidSuarez
- Fecha : Martes 05 de Mayo de 2015 11:05
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Cuántas veces hemos oído a algún amigo o bien familiar decir que va a la papelería a adquirir un contrato de alquiler por el hecho de que va a rentar una casa o bien departamento a otra persona, o bien peor todavía, que como se trata de un conocido, no hace falta hacer dicho contrato. Tristemente, casos como éstos son muy comunes en todo el país, los dueños rentan inmuebles a otras personas sin firmar un contrato o bien con “machotes” comprados en la papelería poniendo bajo riesgo su patrimonio. En el proceso de rentar una casa o bien un departamento, es fundamental saber escoger quién va a ser nuestro inquilino, mas lo es considerablemente más, contratar la operación de la forma adecuada por medio de un documento que establezca todos y cada uno de los pactos precisos para resguardar a cada entre las partes. El contrato de alquiler residencial es un documento legal fundamental preciso para poder proteger los derechos de propiedad y/o de empleo sobre un inmueble. Este documento debe contener cierta información para la protección de las partes implicadas, especialmente, para el dueño de la propiedad, que es la persona que corre el mayor peligro. Lee: Fallos que debes eludir al firmar un contrato de renta. Morar una residencia que cumpla con nuestras esperanzas y necesidades es muy satisfactorio. En el caso de que este inmueble sea rentado, es imprescindible contar con un contrato de alquiler que defina las condiciones por medio de las que los dos contratantes se fuerzan recíprocamente, uno, a otorgar el empleo y goce temporal de una cosa y, el otro, a abonar cierto coste por ese empleo o bien goce. Especialistas en el terreno inmobiliario comentan que hasta hace poco era una práctica común recurrir a los documentos vendidos en papelerías. No obstante, esta clase de “machotes” llegan a resultar obsoletos, por esta razón, nos señalan cuáles son los puntos más aconsejables que debe contener un contrato para la renta de un inmueble. ¿Qué debe incluir el contrato de alquiler? Asegúrate que el contrato de alquiler que uses incluya por lo menos la próxima información: • Nombre y datos generales del dueño o bien de la persona con las facultades legales para rentar la propiedad (arrendador). • Nombre y datos generales de la(s) persona(s) que va a morar la propiedad (inquilino). • Localización y descripción de la propiedad a alquilar. • El objeto o bien propósito del contrato (entregar en alquiler el inmueble). • Domicilios del arrendador, del inquilino y del fiador o bien aval, caso de que esta figura se incluya en el contrato. • El monto que el inquilino va a pagar al arrendador como renta, detallando si es al mes, al año o bien otro plazo. Si el pago es por periodo adelantado o bien vencido, si no se señala, se supone que es por periodo vencido. Si hay una cuota de mantenimiento auxiliar, es conveniente ponerla en el contrato. Asimismo se debe determinar la penalización en el caso de que el inquilino no pague a tiempo. • Plazo del contrato (6 meses, un año, 5 años, etc.). La ley establece que en casa habitación, el plazo mínimo obligatorio es de un año, salvo acuerdo contrario. • Forma y sitio de pago. Se debe pactar si el pago va a ser con talón, en efectivo o bien de otro modo. Si se va a pagar en el domicilio arrendado, en el domicilio del arrendador o bien si se depositará en una cuenta corriente y en cuál. • Detalles del depósito, el monto y las condiciones a fin de que se devuelva al inquilino al terminar el contrato. • Las responsabilidades del arrendador y el inquilino respecto del mantenimiento de la propiedad. • Inventario y condiciones. Enlistará qué contiene el predio arrendado, las condiciones físicas y legales en que se entrega, los derechos que va a tener el inquilino respecto del inmueble, si va a poder o bien no hacer modificaciones en él. En un caso así, anterior pacto, se aconseja tomar fotografías que sirvan de sustento a lo pactado. • Empleo y restricciones del inmueble. Se debe aclarar si es para empleo habitacional, comercial o bien de oficinas, además de esto, incluye factores como la posesión de mascotas, horarios con mayor estruendos tolerado, subarrendamiento, etc.. • Renuncias. El inquilino y su fiador tienen la obligación de firmar renuncias a diferentes artículos de la ley, a fin de eludir abusos. • Renovación y incremento de la renta al término del contrato. Va a haber que determinar si es o bien no renovable y las condiciones para cada caso. • Garantía. Ésta puede ser un depósito y/o un fiador o bien una fianza. • Las causas de rescisión del contrato, o sea, exactamente en qué casos entre las partes estaría infringiendo con el contrato al grado de darlo por terminado (por poner un ejemplo, no abonar la renta en un par de meses, introducir personas, animales o bien objetos no tolerados en el inmueble, darle un empleo inapropiado, etc.). Asimismo es esencial al incluir los términos de la rescisión del contrato, delimitar si hay alguna penalidad o bien repercusiones jurídicas. • Las condiciones y procedimiento de renovación del contrato. • Los derechos de empleo del arrendador a lo largo del plazo del contrato (si va a poder entrar a la propiedad o bien no, va a poder usarla en alguna situación, etc.). • La forma en que se resolvería, de ser precisa, una disa legal entre el arrendador y el inquilino, o sea, quién va a pagar los costos legales, exactamente en qué jurisdicción (sitio) se marcha a realizar la disa y bajo que código civil. • Data del contrato y firma de las dos partes. Para solucionar controversias en materia de alquiler inmobiliario, están los Juzgados de Alquiler Inmobiliario. Asimismo se puede buscar la Afable Composición en Materia de Alquiler, en la Procuraduría Social, mas ésta se fundamenta en la buena voluntad y deja los derechos de las partes a fin de que los hagan servir en las instancias que corresponda. El costo de formalizar un contrato de alquiler es variado, depende del inmueble, el empleo y las condiciones pactadas. Puede fluctuar desde cero, hasta cubrir diferentes cantidades y lo puede absorber cualquiera de los implicados. Cuántas veces hemos oído a algún amigo o bien familiar decir que va a la papelería a adquirir un contrato de alquiler por el hecho de que va a rentar una casa o bien departamento a otra persona, o bien peor todavía, que como se trata de un conocido, no hace falta hacer dicho contrato. Tristemente, casos como éstos son muy comunes en todo el país, los dueños rentan inmuebles a otras personas sin firmar un contrato o bien con “machotes” comprados en la papelería poniendo bajo riesgo su patrimonio. En el proceso de rentar una casa o bien un departamento, es fundamental saber escoger quién va a ser nuestro inquilino, mas lo es considerablemente más, contratar la operación de la forma adecuada por medio de un documento que establezca todos y cada uno de los pactos precisos para resguardar a cada entre las partes. El contrato de alquiler residencial es un documento legal fundamental preciso para poder proteger los derechos de propiedad y/o de empleo sobre un inmueble. Este documento debe contener cierta información para la protección de las partes implicadas, especialmente, para el dueño de la propiedad, que es la persona que corre el mayor peligro. Morar una residencia que cumpla con nuestras esperanzas y necesidades es muy satisfactorio. En el caso de que este inmueble sea rentado, es imprescindible contar con un contrato de alquiler que defina las condiciones por medio de las que los dos contratantes se fuerzan recíprocamente, uno, a otorgar el empleo y goce temporal de una cosa y, el otro, a abonar cierto coste por ese empleo o bien goce. Especialistas en el terreno inmobiliario comentan que hasta hace poco era una práctica común recurrir a los documentos vendidos en papelerías. No obstante, esta clase de “machotes” llegan a resultar obsoletos, por esta razón, nos señalan cuáles son los puntos más aconsejables que debe contener un contrato para la renta de un inmueble. ¿Qué debe incluir el contrato de alquiler? Asegúrate que el contrato de alquiler que uses incluya por lo menos la próxima información: • Nombre y datos generales del dueño o bien de la persona con las facultades legales para rentar la propiedad (arrendador). • Nombre y datos generales de la(s) persona(s) que va a morar la propiedad (inquilino). • Localización y descripción de la propiedad a alquilar. • El objeto o bien propósito del contrato (entregar en alquiler el inmueble). • Domicilios del arrendador, del inquilino y del fiador o bien aval, caso de que esta figura se incluya en el contrato. • El monto que el inquilino va a pagar al arrendador como renta, detallando si es al mes, al año o bien otro plazo. Si el pago es por periodo adelantado o bien vencido, si no se señala, se supone que es por periodo vencido. Si hay una cuota de mantenimiento auxiliar, es conveniente ponerla en el contrato. Asimismo se debe determinar la penalización en el caso de que el inquilino no pague a tiempo. • Plazo del contrato (6 meses, un año, 5 años, etc.). La ley establece que en casa habitación, el plazo mínimo obligatorio es de un año, salvo acuerdo contrario. • Forma y sitio de pago. Se debe pactar si el pago va a ser con talón, en efectivo o bien de otro modo. Si se va a pagar en el domicilio arrendado, en el domicilio del arrendador o bien si se depositará en una cuenta corriente y en cuál. • Detalles del depósito, el monto y las condiciones a fin de que se devuelva al inquilino al terminar el contrato. • Las responsabilidades del arrendador y el inquilino respecto del mantenimiento de la propiedad. • Inventario y condiciones. Enlistará qué contiene el predio arrendado, las condiciones físicas y legales en que se entrega, los derechos que va a tener el inquilino respecto del inmueble, si va a poder o bien no hacer modificaciones en él. En un caso así, anterior pacto, se aconseja tomar fotografías que sirvan de sustento a lo pactado. • Empleo y restricciones del inmueble. Se debe aclarar si es para empleo habitacional, comercial o bien de oficinas, además de esto, incluye factores como la posesión de mascotas, horarios con mayor estruendos tolerado, subarrendamiento, etc.. • Renuncias. El inquilino y su fiador tienen la obligación de firmar renuncias a diferentes artículos de la ley, a fin de eludir abusos. • Renovación y incremento de la renta al término del contrato. Va a haber que determinar si es o bien no renovable y las condiciones para cada caso. • Garantía. Ésta puede ser un depósito y/o un fiador o bien una fianza. • Las causas de rescisión del contrato, o sea, exactamente en qué casos entre las partes estaría infringiendo con el contrato al grado de darlo por terminado (por poner un ejemplo, no abonar la renta en un par de meses, introducir personas, animales o bien objetos no tolerados en el inmueble, darle un empleo inapropiado, etc.). Asimismo es esencial al incluir los términos de la rescisión del contrato, delimitar si hay alguna penalidad o bien repercusiones jurídicas. • Las condiciones y procedimiento de renovación del contrato. • Los derechos de empleo del arrendador a lo largo del plazo del contrato (si va a poder entrar a la propiedad o bien no, va a poder usarla en alguna situación, etc.). • La forma en que se resolvería, de ser precisa, una disa legal entre el arrendador y el inquilino, o sea, quién va a pagar los costos legales, exactamente en qué jurisdicción (sitio) se marcha a realizar la disa y bajo que código civil. • Data del contrato y firma de las dos partes. Para solucionar controversias en materia de alquiler inmobiliario, están los Juzgados de Alquiler Inmobiliario. Asimismo se puede buscar la Afable Composición en Materia de Alquiler, en la Procuraduría Social, mas ésta se fundamenta en la buena voluntad y deja los derechos de las partes a fin de que los hagan servir en las instancias que corresponda. El costo de formalizar un contrato de alquiler es variado, depende del inmueble, el empleo y las condiciones pactadas. Puede fluctuar desde cero, hasta cubrir diferentes cantidades y lo puede absorber cualquiera de los implicados. Fuente: MetrosCubicos
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