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LAS ESTRUCTURAS ONTICAS DEL ESTADO
- Autor : Victormiaz
- Fecha : Jueves 21 de Agosto de 2014 18:32
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Es menester hacer un estudio del ente llamado Estado para ver su naturaleza y aplicar el método adecuado para su estudio. Hasta ahora, se han cometido errores garrafales a partir de la teoría de Montesquieu, quien confundió poderes con órganos. Para el Derecho constitucional mexicano la Constitución General se divide en dos partes: la dogmática que contiene las garantías fundamentales, los derechos humanos, la propiedad de la tierra, el dominio de las aguas, los productos minerales, petroleros y el rubro de la economía y la orgánica, que ordena jerárquicamente las funciones de los órganos y subrayo aquí la palabra órganos y que a saber, son fundamentalmente tres: El Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. A estos órganos hay que añadirles las instituciones de todo tipo.
Para los juristas el estado es una ficción sujeta para su estudio en el campo meramente jurídico y aquí es, donde la Filosofía se separa en el estudio dado que, desde el punto de vista de la Ontología (el estudio del ente), el Estado tiene estructuras ónticas. Ahora bien, las estructuras ónticas son aquellas que son inherentes a las cosas, a los objetos ideales, a los valores y, a la vida objeto metafísico. Cada una de estas regiones ónticas tiene sus propias estructuras y que las diferencia de las demás. Además, las categorías ónticas siempre permanecen en las cosas a pesar de las modificaciones sufridas en el transcurso de su investigación.
Para este análisis solo veremos las cosas. Pues bien, el Estado es un ente que debe ponerse entre las cosas y estas tienen como primera estructura óntica el ser. No se puede dudar sobre el ser del ente llamado Estado, quien es sujeto de derechos y obligaciones. Si no tuviera ser no podría ser sujeto de derechos y de obligaciones. Ninguna persona puede dudar de la existencia del Estado, aunque este sea una invención del ser humano; eso no le quita una pizca de su ser.
La segunda categoría óntica del Estado es la realidad, no puede ser un objeto ideal como las figuras geométricas o ser un valor y es distinto al objeto metafísico llamado vida. Por lo pronto lo pondremos entre los objetos llamados cosas y que tienen realidad. Entonces diremos que el estado es. Tiene existencia real.
La tercera estructura óntica es la temporal. El Estado nació en el tiempo, no siempre ha existido (por eso no puede ser objeto ideal), está siendo en el tiempo y fenecerá en el tiempo. Hoy se puede ver con más claridad el nacimiento del Estado como Estado-ciudad, después, Estado-nación y últimamente como una confederación de Estados-nación o bloques comerciales de Estados que gradualmente se integran en lo político y demás rubros.
La cuarta categoría óntica es la de causalidad. El Estado nació para las necesidades de una ciudad y en concreto las griegas y entre ellas Atenas; después, cuando las naciones conformaron el Estado-nación, creció en todos los aspectos y se volvió más complejo; en la actualidad el estado se ha vuelto más complejo al co-relacionarse con otros Estados nacionales y formar bloques comerciales y políticos entres otros rubros. Todas estas transformaciones de la cosa llamada Estado es sucesiva y ligada en el tiempo.
Esta cuarta categoría óntica tiene la característica de dar pauta para que el Estado sea estudiado en sus estructuras, en sus relaciones entre órganos, instituciones, ciudadanos y población en general, esto primariamente desde el Derecho; no se debe olvidar que, para los formalistas Estado y Derecho son lo mismo. Claro que se puede estudiar desde la sociología y otras ramas del conocimiento pero no nos adentraremos en otras sub-regiones ónticas. Bien, el Estado, al ser susceptible de estudio y reductible a normas jurídicas, significa que el Estado es inteligible para el ser humano y esto nos lleva a determinar que, en este punto, la categoría óntica también nos abre la puerta a la Ontología de manera concomitante a la óntica.
Una de las consecuencias de este análisis es, que no aparece por ningún lado eso que los constitucionalistas y filósofos seguidores de Montesquieu llaman poder como estructura óntica del Estado. Es evidente que el Estado no puede funcionar sin el poder soberano pero, este no forma parte de ninguna estructura ni óntica ni orgánica o institucional. Habrá que buscar y descubrir en donde esta ese error garrafal de Montesquieu y que ciegamente han seguido la gran mayoría.
Y, el error de Montesquieu consiste en no haber tenido claro la diferencia entre órgano y poder y no haber aplicado las categorías ónticas al Estado ni haber echado mano de la diferenciación que hacen los juristas entre las partes, dogmática y orgánica de la constitución. Si se hubiera atenido a esta división, Montesquieu hubiera derivado que no eran poderes los que hacían funcionar al estado sino órganos (Legislativo, Ejecutivo y Judicial). Con este error fatal los titulares de los órganos creyeron o simularon ser soberanos y de esta forma, usurparon la soberanía nacional para si y se proclamaron soberanos. Es común oír que los legisladores digan que el Congreso general es soberano, de la misma manera el Ejecutivo se proclama soberano y el órgano judicial hacen lo propio en detrimento del verdadero soberano; el pueblo.
Por si esto fuera poco, los órganos de los estados firmantes del pacto federal se proclamaron soberanos, multiplicándose los soberanos de manera nociva. Las constituciones locales, excepto la del Distrito Federal (otro ente mal engendrado), pomposamente llevan la leyenda: Constitución Política del Estado Libre y Soberano…, una verdadera aberración. Si fueran realmente soberanos tendrían su Constitución General, su Banco Central, moneda, ejército, servicio de relaciones exteriores y todo aquello que posee la federación. Si esto fuera así, tendrían el ejercicio de su soberanía con otros Estados-nación y México sería una Confederación de Estados. Cosa que no sucede, dado que México es una federación compuesta de partes firmantes del pacto federal.
Es imprescindible que se corrija este terrible error de dividir la soberanía y la apropiación de la soberanía por parte de los órganos y devolverle el ejercicio de esa soberanía al pueblo y el Estado mexicano sea verdaderamente un estado de Derecho (sirva esta redundancia para efectos pedagógicos). Tenemos un Estado que no concuerda con la teoría de la “División de podres de Montesquieu”, es imperioso que se deje de una vez y para siempre este modelo teórico nocivo y que se saque la teoría del funcionamiento real del Estado mexicano. La teoría de Montesquieu es un calzado contrahecho, deforme que ha sido puesto al Estado mexicano y es la razón por la cual camina torpemente y se ha vuelto una calamidad para la nación.
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