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PUBLICA EL SAT A CONTRIBUYENTES QUE PRESUNTAMENTE EMITEN FACTURAS FALSAS
- Autor : CP. RUBEN LOPEZ
- Fecha : Lunes 13 de Enero de 2014 10:16
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Comunicado de prensa 002/2014
México, D.F., 10 de enero de 2014
PUBLICA EL SAT A CONTRIBUYENTES QUE PRESUNTAMENTE EMITEN FACTURAS FALSAS
• Tendrán 15 días para aclarar su situación
• Adicionalmente se dieron de baja de la relación de contribuyentes incumplidos a aquellos que aclararon su situación.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa que este 10 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación y en la página de internet sat.gob.mx la notificación a 163 contribuyentes que presuntamente simulan operaciones y emiten facturas apócrifas.
Los contribuyentes notificados tienen un plazo de 15 días para aclarar su situación y, en máximo cinco días, el SAT resolverá y publicará la relación definitiva de quienes no hayan desvirtuado las observaciones, considerando que simularon operaciones y emitieron facturas sin efecto fiscal.
Con la Reforma Hacendaria se adicionó el artículo 69-B al Código Fiscal de la Federación en el que se establece, como excepción a la reserva fiscal, que el SAT publicará los datos de las empresas que se presume facturan operaciones inexistentes.
Los efectos de la publicación será considerar, con efectos generales, que las operaciones contenidas en los comprobantes fiscales expedidos por los contribuyentes, no producen ni produjeron efecto fiscal alguno.
Los contribuyentes que hubiesen dado cualquier efecto fiscal a los comprobantes fiscales expedidos por un contribuyente incluido en el listado definitivo, contarán con treinta días para acreditar ante el SAT, la evidencia de la adquisición de los bienes o la recepción de los servicios, caso contrario deberán corregir su situación fiscal haciendo los ajustes contables y los pagos que correspondan.
De igual manera, informa que hoy se dio de baja de la relación de contribuyentes incumplidos y no localizados a aquellos que al 9 de enero habían aclarado su situación y a los que se les verificó su domicilio.
Los contribuyentes que aún se encuentren en esta relación, pueden obtener la “Opinión de cumplimiento” en la página de internet del SAT para conocer, en su caso, cuáles son las obligaciones fiscales que han omitido y corregirlas.
Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso de velar por los intereses de los contribuyentes cumplidos, así como de orientar a la ciudadanía en general para que cuenten con información que le permita tomar mejores decisiones en la realización de sus actividades comerciales y mercantiles.
CP. y LD. RUBEN LOPEZ
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