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DELITO.... COMPROBANTES FISCALES SIN REQUISITOS.
- Autor : lawman1
- Fecha : Miércoles 26 de Septiembre de 2012 12:33
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Cómo parte de un intensivo paquete de terrorismo fiscal, lean el contenido de este artículo, eso sí..cuidadito con ahorrarse unos pesitos con facturas raritas, por que hay pena corporal, comúnmente dicho tambo, hay que fijarse bien en los requisitos.
TRANSACRIPCIÓN DE ARTÍCULO.
Delito por darle efectos fiscales a comprobantes sin requisitos
El delito de defraudación fiscal, de acuerdo con el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, se realiza cuando alguien con uso de engaños o aprovechamientos de errores omite total o parcialmente el pago de una contribución u obtiene un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal. Cabe mencionar que el delito de defraudación se castigará con penas que van de los tres meses a los nueve años de prisión, o más si se trata de delitos calificados.
De lo anterior se advierte que para que se constituya el delito debe existir voluntad de la persona de cometerlo, es decir, debe haber mala fe del contribuyente; por lo tanto no se actualiza la hipótesis cuando se trata de una omisión por error o cuando no se busca intencionalmente el aprovechamiento ni el beneficio.
Lo anterior es importante ya que el artículo 109 del CFF establece que se castigará con las mismas penas de defraudación fiscal a los contribuyentes que den efectos fiscales (deduzcan o acrediten) a los comprobantes impresos o electrónicos sin que cumplan con los requisitos previstos básicamente por los diversos artículos 29 de citado código.
Como se puede apreciar, el contribuyente al recibir un comprobante y darle efectos fiscales, es decir; deducirlo o acreditarlo en la determinación de los impuestos respectivos, sin haberse cerciorado de su autenticidad, y ante su eventual hallazgo por parte del SAT al ejercitar sus facultades de comprobación, se encuentra en un grave embrollo jurídico, puesto que se encuentra supeditado a la decisión de la autoridad fiscalizadora de si ejercita o no la acción penal en su contra, por el solo hecho de haber dado efectos fiscales a un comprobante que no reúne los requisitos establecidos en las normas fiscales.
Es notorio que el artículo 109 busca sancionar las conducta ilícitas de aquellos contribuyentes que con conocimiento de causa buscan defraudar al fisco, sin embargo, es importante que todos los contribuyentes, aún los que actúan de buena fe se cercioren de que los comprobantes que reciben cumplan con todos los requisitos para evitar correr el riesgo de que la autoridad fiscal pretenda imarle la comisión del citado
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