Bienvenido a México Legal
Tarea No. 480

prototipo de tesis (seminario de tesis) LENOCINIO

  • Tarea : 480
  • Autor : amiihucz
  • Publicado : desde la IP: 187.175.24.115
  • Tipo de Usuario :     estudiante
  • Ultima Visita :
  • Fecha Ingreso : 2015-03-08 12:44
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta
  •  

     

     

    CAPITULO I

    ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

     

     

    1.-PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

     

     

    1.1.-Selección del tema: Lenocinio

     

     

    1.2.-Delimitación del tema: Estudio de la problemática causante del delito de lenocinio en mujeres de entre 14 a 25 años de edad en la ciudad de Palenque, Chiapas; para la elaboración de programas preventivos que subsanen a la sociedad.

     

     

    En la actualidad, el delito de lenocinio es muy frecuente en nuestra entidad, aunque sería importante abordarlo desde un punto jurídico en el que se establezcan reglas o normas que apropien el comportamiento y de alguna manera contribuir de una forma positiva en lo que compete a éste agravio en contra de personas que desconocen el tema o simplemente no pueden entender en sentido amplio el delito que se está cometiendo.

     

     

    Pero, como primer punto, es necesario no olvidar que en éste estudio contribuye mucho el aspecto sociológico a nuestro punto de vista de primera impresión y que es importante señalar en el mismo, todo lo que se anexa al análisis para que se obtengan buenos resultados.

     

     

    El problema del lenocinio está relacionado o vinculado en la violación de los derechos humanos, que existe en las personas que son comercializadas o traficadas sexualmente y su mayoría son adolescentes, enfrentando los rigores de la vida como si fueran personas adultas arriesgando su salud ya que corren el riesgo de contraer una enfermedad por transmisión sexual.

     

     

    La mayoría de las veces el lenocinio en mujeres está relacionado con la delincuencia organizada que normalmente viene acompañada de armas y drogas. El crimen organizado, la inmigración y la prostitución están estrechamente llevadas de la mano porque aunque son temas muy diferentes, son las situaciones económicas las que orillan a las personas a inmigrar y luego de llegar al sitio, éstas son sometidas a abusos y malos tratos.

     

     

    En el transcurso del tiempo son explotadas por personas que se hacen llamar “padrotes”, en su mayoría suelen ser hombres que tienden a estrategias de reclutamiento utilizando una serie de mecanismos para poder comercializar a las mujeres formando una red de traficantes de un lugar a otro o de una ciudad a otra ciudad para que así no las logren encontrar.

     

     

    Estos delincuentes cuando se ven en la necesidad de amortiguar a “sus mujeres” las drogan de diferentes maneras para que así no se resistan a ser violadas o sean “dulces” con los clientes, y esto conlleva a que desconozcan aún más el hecho olvidando de dónde vienen y qué es lo que se les está haciendo.

     

     

    Cabe mencionar que la droga más utilizada por estos desalmados es la heroína, en la que las mujeres en un determinado lapso de tiempo se vuelven dependientes de ésta, y luego no hay quien las pare en utilizarlas que hasta ellas mismas las piden con tanta ansia de lo que se aprovechan sus “apoderados” para hacer lo que ellos les dicten y sino no hay droga que satisfaga su deseo.

     

     

    De esta manera analizaremos cuáles son los factores que intervienen tanto positivos como negativos al igual que los que perjudican más y los que no.

     

     

    Por lo tanto se tiene por objetivo, del estudio en la problemática del delito de lenocinio, irse por un rumbo diferente y específico como en la trata de personas en nuestra ciudad, ya que; como sabemos es un acto grave y punible, es muy ejecutado en nuestro Palenque.

     

     

    En lo que respecta hacia la orientación a éste proyecto es poder interactuar y penetrar de alguna forma para que se concientice de la manera en cómo se hace cualquier acto ilegal, porque eso contrae consecuencias.

     

     

    Se quiere subsanar a nuestro concilio y hacerle saber que para este acto ilegal; el lenocinio, mucha gente desconoce su significado, y se va por un sentido ordinario o vulgar, llamémosle así, y poder llegar a ésta de la manera en que se den cuenta que no sólo interviene la cultura de cualquier persona o cómo los educaron desde pequeños, sino que también se den cuenta de los otros diminutos factores que causan mucho daño a la agravación del delito o atenuación si así considerase.

     

     

    Por otro lado es importante mencionar que la juventud se ve afectada por la mala influencia de nuestro círculo social que intenta sacar provecho por la mala información que conlleva a la ignorancia del desconocimiento de lo que puede afectar o provocar el deslinde de la comunidad.

     

     

    Es por ello, que la sociedad o la gente no ayuda a saciar de manera eficiente la problemática de los delitos, en esta ocasión, desconoce los factores que intervienen más en la prostitución, ya que sólo se van por el punto social sin tomar en cuenta que puede haber otras causas en su deducción.

     

     

    Es entonces, que el lenocinio se considera como un delito muy grave, desconocido, y muy ejecutado, porque por un ejemplo ordinario se puede entender que es sólo la prostitución de las personas o específicamente de las mujeres, y la sociedad tiene que entender y comprender en todos los sentidos que el lenocinio abarca desde las personas que no tienen o no comprenden el significado del hecho hasta la trata de personas en mujeres y hombres.

     

     

    Sin embrago, la endura de éste delito frecuenta con altos índices en nuestra comunidad Palencana, es la de poder cómo disminuirlos y que no ocasionen tantos perjuicios en las personas que viven dentro del círculo o también llevar éste esquema a lugares en donde se desconoce el lenocinio en materia legal de cómo saber resolverlos en caso de presentárseles.

     

    De hecho, la cifra en Palenque de la prostitución, es muy alto, en las edades registradas va desde los quince años de edad hasta los veinticinco y muchos casos presentados son de mujeres de otras comunidades y que las llevan lejos de su entidad para que sus padres no las encuentren. Muchas de las mujeres obligadas a la prostitución, sus malhechores las exploran en las redes sociales y por medio de sus fotos se dan cuenta si son “buenas” para su trabajo.

     

     

    Por lo expuesto, es que en la trata de blancas los “jefes” buscan a mujeres desde las que dan aspecto de hacer bien la ocupación hasta las que no aparentan y sólo por su físico las seleccionan para retenerlas y obligarlas a hacer dicha tarea.

     

     

    En Palenque, la mayor desventaja que incurre es el desinterés en los problemas que ocurren a nuestro alrededor, vayámonos por estropicios legales, en lo que de esto las chavas dicen la dicha frase “a mí no me pasará”.

     

     

    Finalmente, ante lo expuesto se formula la siguiente pregunta motora: ¿Con el estudio de la problemática causante del delito de lenocinio en trata de blancas se pretende erradicar con programas preventivos que subsanen a la sociedad de este tipo de delito?

     

     

     

     

     

     

     

     

    2.-JUSTIFICACIÓN

     

     

    En el Código Penal del estado de Chiapas, se presenta la definición de lenocinio y qué tipo de personas lo ejecutan, incluyendo la pena de cómo se presente el delito, ya sea con la ventaja de los servidores públicos que pueden amañar el delito para que no sea descubierto o simplemente un individuo de la sociedad.

     

     

    Se considera que la información que se tenga de éste delito sea de trascendencia a las diferentes áreas sociales para que tengan un enfoque de lo que es, que es el porqué de la aportación o estudio de la prostitución, que se cavila como un delito muy grave y a la vez muy practicado en nuestra ciudad de Palenque, Chiapas.

     

     

    Desde tiempos primitivos se aplicaba esta transgresión ya que los hombres sometían a sus mujeres, hijas al trabajo sexual o las vendían a cambio de obtener un lucro o un beneficio hacia ellos de conveniencia o que les hacía falta, como el simple hecho de obtener dinero, animales, o porque ya les estorbaba en su vida y querían deshacerse de ellas.

     

     

    Como consecuencia de esto, es que la costumbre o la cultura de los hombres se hace presente hasta la fecha en pleno Siglo XXI, aunque ahora ya es penado, puesto que en nuestro estado, Chiapas, la mujer es muy protegida, o sea, si se sabe o se llega a tener conocimiento de que se le está obligando a una mujer al trabajo sexual, los individuos que influyan se les pena con una condena muy alta, puesto que nadie tiene derecho de someter a una fémina a la prostitución.

    Hablamos de mujeres en el lenocinio porque son las que más se ven afectadas, ya que hombres que sean obligados a éste ilícito casi no hay registros en nuestra comunidad, y somos más las hembras que estamos en alerta por éste delito.

     

     

    A pesar de la secuela que deja éste delito informándole a la población de lo que pasa, se sigue cometiendo y es por ésta problemática tan grande que el análisis se centra para informar de manera legal a los integrantes de la sociedad.

     

     

    Tal como se ha referido, el lenocinio es un delito grave, la mayoría de las personas injuriantes son porque cuentan con una economía baja y de esto se aprovechan los delincuentes para animarlas primero con el decir de que las llevarán a un lugar mejor en donde puedan hacer dinero rápido y mandarle a su familia con el modo de convencimiento para poder conducirlas al hecho. Ya estando en el “trabajo” las persuaden de que su empleo es mejor que cualquier otro, luego de abstraerlas más y más las obligan definitivamente a quedarse y ya sin ver a sus familias.

     

     

    No obstante, las maltratan y hacen que su trabajo se vea vergonzoso para ellas mismas en tal grado que ya no pueden hacer nada, pues en primera impresión era como de ser mesera o algo parecido, después ya las involucraron en algo más, a prostituirlas, siendo obligadas completamente a que lo ejerzan y si se retienen las amenazan de matarlas.

     

     

    Por otro lado, si son castas o vírgenes lo que más les convendría es venderlas, ya que según ellos tienen más valor que si les pagan por tener sexo.

    Éste es el porqué del artificio, y de cuidar cada detalle en el mismo, para saber de qué manera informar metódica y explícitamente a la sociedad.

     

     

    Para incidir en el proyecto se harán organizaciones o corporaciones que instruyan a la población en general para no caer en éstos problemas ya que se debe por varios factores, la economía, la influencia de los demás, las redes sociales, etc. Ésta última, en lo que llevamos del estudio, se puede decir que es la que más influye en ésta problemática, puesto que los criminales es el primer medio que utilizan hoy en día para localizar a mujeres que les sirvan para su ilegalidad.

     

     

    Lamentablemente, las personas en éste Siglo XXI se ven aún más amenazadas a éste delito por exponerse en vías sociales en donde quien sea puede ver sus fotografías, y la misma mujer puede originar a que se le tenga en vista porque su representación es muy provocativa a lo que los que buscan a éste tipo de personas, las clasifican, válgase la expresión, como as, prostitutas que están dispuestas al trabajo sexual y así no tengan problemas de inducirlas a ello.

     

     

    En síntesis la información que se difunda será orientada por entes que estén capacitadas para comunicar a los círculos sociales y de cómo pueden intervenir a que las mujeres, específicamente, no provoquen la inducción a éste tipo de trabajo ya que puede aparentárseles o por simple hecho de estar bonitas y de buena estética, para oficiar la prostitución.

     

     

    Por último, los programas y corporaciones tendrán que abarcar todos los ámbitos para que tenga efecto y fruto la investigación no sólo a corto plazo sino que intervenga a lo largo de la vida y sea de utilidad a las demás generaciones que puedan caer en éste problema moral, social, político, cultural, etc.

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    3.-OBJETIVO

     

     

    3.1 Objetivo general

     

     

    Estudiar la problemática causante del delito de lenocinio en mujeres de entre 14 a 25 años de edad en la ciudad de Palenque, Chiapas para la elaboración de programas preventivos que subsanen a la sociedad.

     

     

    3.2 Objetivos específicos

     

     

    ·        Conocer a la sociedad desde el punto de vista jurídico y qué conocimiento tienen del delito de lenocinio en el mundo actual.

    ·        Identificar que factor o qué variables intervienen más en nuestro estudio (político, psicológico, social, religioso y cultural).

    ·        Analizar de manera amplia del por qué las agravaciones del delito de lenocinio en diferentes casos.

    ·        Entender de manera específica cada detalle en la investigación.

    ·        Influir de importancia al círculo social y a sus alrededores.

    ·        Elaborar programas preventivos para subsanar a la sociedad.

     

     

     

     

     

     

    4.-HIPÓTESIS

     

     

    4.1. Variable dependiente: Lenocinio

     

     

    4.2. Variables independientes: Político, económico, cultural, social, psicológico o religioso.

     

     

    La variable política, económico, cultural, social, psicológico incide en la problemática causante del delito de lenocinio en mujeres de entre 14 a 25 años en el municipio de Palenque, Chiapas.

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    CAPÍTULO II.

    MARCO REFERENCIAL

     

     

    2.1. MARCO HISTÓRICO

    2.1.1. Historia sobre el lenocinio

    2.1.2. Aportaciones del lenocinio

    2.1.3. El lenocinio en Palenque, Chiapas

     

     

    Empecemos por definir la trata de blancas (ahora trata de personas en la modalidad del comercio sexual), que comienza su término a finales del siglo XIX y sólo se utilizaba en las mujeres europeas que eran extraídas de su lugar de origen con fines de explotación sexual a países de Europa, Asia y África, ya que eran mujeres blancas.

     

     

    La historia del lenocinio está íntimamente ligada al desarrollo histórico del fenómeno de la prostitución y su regulación a lo largo del tiempo. Los estudiosos suelen encontrar el origen de la prostitución en los primeros estadios de la civilización, incluso hay quienes mencionan que es el “oficio” más antiguo.

     

     

    En las aportaciones de éste delito suelen encontrarse las más importantes en el estado de Tlaxcala ya que se considera en donde está la mayor red de lenocinio en México.

     

     

    Se dice que el hombre la enamora le dice que si se va con él a otro estado o municipio vivirán mejor, la convence, por tres meses rentan un cuarto luego la convence del trabajo de prostituirse que con esto cambiarán su estilo de vida y que puede ayudar a su familia, que la cuidará, si ella accede en menos de 76 horas él le proporcionará los 12 clientes diarios que tendrá por meses o años.

     

     

    Si ella lo rechaza; el 88% de las mujeres se resiste, empieza a recibir amenazas de abandono, la intimida, la golpea, la humilla y le dice que los papás alguna vez le dijeron que para ellos no existía o que se fue sin avisar y cómo le hará para dar una explicación de su ausencia, en fin, el hombre la termina convenciendo de una forma agresiva ya que si no es por la buena será por la mala.

     

     

    El enganchamiento de mujeres entre los 14 a 17 años; el rango de edad de mayor vulnerabilidad, se da por enamoramiento. Y de las féminas de entre 17 a 25 años se da por compra o rapto.

     

     

    Por otro lado, en las investigaciones que se han hecho, se dice que la mayoría de las mujeres conocen a estos hombres por redes sociales, en un 35%, y el otro 65% porque las ven o las conocen por medio de amigas, familiares y al conocerlas “les pueden servir” para su lucro carnal.

     

     

    Las mujeres y la esclavitud sexual son una realidad lacerante en nuestros días. Pocas son las mujeres que logran escapar de las mafias que las explotan y menos aun las que se atreven a contar su experiencia.

     

     

    La red de la prostitución está ligada de México- Japón- Colombia, en donde los mafiosos reclutan extranjeras para consumo nacional, particularmente estos comerciantes deciden conseguir latinoamericanas porque las consideran “las más calientes”, algunas mujeres son elegidas al azar, por su belleza, por su condición económica o su ignorancia al desconocer dónde se deslindan estas redes.

     

     

    Para irlas penetrando más en este “negocio”, algunos padrotes “pacientes” primero las convencen de trabajar como meseras en un bar y que si no quieren vender su cuerpo que no lo hagan, al cabo de días o meses las persuaden de que ganarían mejor prostituyéndose, de que las protegerían por si tienen miedo por alguna enfermedad sexual, al final si ellas aceptan hacen con éstas lo que quieren protegiéndolas o no, y si por el contrario, no aceptan, las venden a la fuerza y sin pagarles de castigo, y para que sea “amable” las drogan o las amenazan de asesinarlas.

     

     

    En el municipio de Palenque, Chiapas, que es donde se quiere hacer este estudio, se tienen los registros del lenocinio en mujeres por medio de los familiares, aunque todavía no es noticia nacional, se sabe de estas incurrencias por los mismos “clientes” que van a casas de cita, bares, cantinas, hoteles, etc.

     

     

    Se tiene conocimiento de que hoteles del centro del municipio mencionado están ligados a estas redes y que las muchachas que “ofrecen sus servicios” parecen extranjeras, los “clientes” por los quienes se sabe ésta información suelen ser estudiantes de bachillerato o de universidades que se presentan porque conocen del hecho y como son “hombres” no desperdician la oportunidad de poder estar con una mujer a las que les tienen que pagar.

     

     

    Según estos ellas a veces los citan pidiéndoles su número telefónico para otro encuentro sexual, a los que a su parecer, se prostituyen por sí mismas, para pagar sus estudios o porque simplemente ganan dinero fácil, sin decirles que es porque alguien las está esforzando a hacerlo o porque las tienen amenazadas de algo.

     

     

    Estos “hombres” divulgan toda esta información con sus amigos, informándoles de las chicas, en un grado de que “todo mundo” ya sabe en dónde se encuentran éstas. Algunas se colocan en las esquinas en las que los caminantes ya saben del por qué están aí.

     

     

    Aunque se dice que hay muchos hoteles vinculados en éste delito, el más frecuente fue el que se hizo en una posada “San Judas Tadeo”, y del otro inmueble se desconoce ya que por medio de un comunicado se logró una orden de cateo en la que se logró la detención de Elizabeth Montejo Balboa.

     

     

    En el operativo participó personal de la procuraduría estatal en coordinación con agentes de la Seguridad y protección Ciudadana y de Seguridad Pública Municipal.

     

     

    De acuerdo con la Fiscalía especializada en delitos cometidos contra Inmigrantes, las seis víctimas que fueron rescatadas por explotación sexual eran obligadas a ejercerlo.

     

     

    Ante estos hechos, Montejo Balboa fue puesta a disposición del Ministerio Público como probable responsable de los delitos de lenocinio y en materia sanitaria.

     

     

    En síntesis, esto también ha desencadenado otras problemáticas como las enfermedades causadas por transmisión sexual, muertes, asaltos, fraude, etc.

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    2.2. MARCO TEÓRICO

     

    2.2.1. Etimología de la palabra lenocinio

    2.2.2. Concepto de lenocinio

    2.2.3. Evolución histórica de la teoría de los presupuestos del delito

    2.2.4. El sujeto activo en el delito omisivo

    2.2.5. Práctica judicial y regulación jurídica

    2.2.6. La acción

    2.2.7. Los medios

    2.2.8. Fines de explotación

    2.2.9. Procedimientos penales

    2.2.10. Técnica más utilizada en la actualidad

    2.2.11. Los proxenetas

    2.2.12. Artículos y sus sanciones

     

     

    Para empezar, es importante señalar que de siglos atrás el lenocinio se ha manifestado como uno de los oficios más antiguos de la humanidad y algunos autores consideran a ésta ocupación como la primera en profesar.

     

     

    La palabra lenocinio procede del latín lenocinium, palabra que designa la práctica y actividad de un lenón o de una lena. Los vocablos latinos leno, lenonis y lena, lenae, se aplican al hombre o a la mujer que vive de la explotación sexual de las prostitutas sometidas a ellos, sean libres o esclavas, es decir, alcahuetes, proxenetas, chulos o como se les quiera llamar. Helena, (2014). Etimología de lenocinio. Recuperado del día 27 de octubre de 2014, de "//etimologias.dechile/?lenocinio">//etimologias.dechile/?lenocinio.

     

    Lo que el autor quiere decir es que el lenocinio ha sido considerado en muchos tiempos como la práctica sexual de un depravado o de un sinvergüenza siendo estos libres, y si son sometidos a esto los que incurren en el delito son cómplices de saber que lo que está pasando es algo punible y no hacen nada por resolverlo jurídicamente hablando.

     

     

    En un concepto amplio, el lenocinio puede conocerse de diferentes formas aplicándose en los distintos ámbitos del orbe social, en la que influye cada uno de sus integrantes para que se le dé una concepción específica.

     

     

    Según Amuchategui y Villasana (2009, p.106) “El lenocinio es un delito cuyo bien jurídicamente tutelado es la moral pública y las buenas costumbres”.

     

     

    De acuerdo con los autores, se entiende por lenocinio un delito que está en contra de la moral y de las buenas costumbres de las personas, las cuales son dañadas por quienes ejecutan ésta violación a sus derechos humanos.

     

     

    Para Ávila (2007, p.90) “El lenocinio es toda actividad sexual o la tentativa de consumar un acto sexual porque es causa de deseo de la persona, la acción para comercializar o utilizar cualquier otro método la sexualidad a la persona”.

     

     

    Por lo que dice Ávila, se explica que el delito de lenocinio es ir en contra de la voluntad de las personas sin importar qué método se utilice para sumergirlas en este acto ilícito.

     

     

    El lenocinio es toda persona habitual u ocasionalmente, explote el cuerpo de otra u obtenga de ella un beneficio por medio del comercio carnal u obtenga de éste un lucro cualquiera. Código Penal del estado de Chiapas (2014, pág.99)

     

     

    Con lo expuesto, éste delito lo comete cualquier persona que haga de otra un comercio sexual obteniendo un beneficio.

     

     

    En relación con Acevedo (2013, p.278) “El lenocinio implica un inducir, inculcar, instigar, mediante promesas o amenazas para que la mujer consienta en satisfacer actos lascivos del hombre”

     

     

    Acevedo trata de explicar que la prostitución implica muchos factores ya sea o no forzosamente para que la mujer actúe de la manera que se quiere.

     

     

    El problema de la trata de personas y el conjunto de violaciones que ello implica presenta algunas de las cuestiones más difíciles y apremiantes en el calendario internacional de los derechos humanos. La complejidad del problema obedece a los diferentes contextos políticos en que se plantea a la movilidad y adaptabilidad de los traficantes con la inexistencia de un marco jurídico adecuado y la insuficiente investigación y coordinación por parte de los agentes involucrados a nivel regional, nacional e internacional. Montiel, (2009, p.10).

     

     

    Con lo anterior, la prostitución es un delito grave ya que hasta los mismos agentes intervienen a que no se les dé una réplica aseverada por lo que algunos pueden estar incluidos en el crimen.

     

     

    La prostitución es conocida como la acción que permite el tener relaciones sexuales mediante un “gana gana” en donde se maneja dinero o bienes materiales para así obtener la negociación. La prostitución puede ser de manera consciente en la cual se sabe lo que se está haciendo, o bien es mediante el engaño, la violencia, la fuerza, o la amenaza de terceros conocidos comúnmente como “padrotes”. Soto (2010, p.1)

     

     

    Con esto, la autora nos dice que éste problema desencadena técnicas por medio de los mafiosos quienes adquieren conocimiento de la vida de las mujeres para así saber cómo envolverlas en éste “negocio”.

     

     

    El lenocinio es corromper a una persona para que entregue su cuerpo y su dignidad por dinero con el agravante de ser apoyada y divulgada en un programa líder en lo que parece tener impunidad absoluta. La oveja 100 (2010). Marcelo Tinelli puede ser procesado por lenocinio. Recuperado el 27 de noviembre de 2010, de "//laoveja100.wordpress/2010/11/27/marcelo-tinelli-puede-ser-procesado-por-lenocinio/">//laoveja100.wordpress/2010/11/27/marcelo-tinelli-puede-ser-procesado-por-lenocinio/.

     

     

    Entonces, con el artículo se puede entender que bajo ésta investigación se tiene sabido que el lenocinio en ocasiones puede no parecerlo, ya que los delincuentes obligan a las mujeres a subir fotos a redes sociales ofreciendo algún tipo de servicio sexual haciéndose comunicar para obtener clientes en lo que pareciera que ellas tuvieran el absoluto consentimiento de hacerlo para que así no se realice una investigación previa.

     

     

    La prostitución es un término que únicamente alude de manera denigratoria a quien vende servicios sexuales, mientras que comercio sexual cuenta del proceso de compra-venta, que considera que la explotación, la denigración y la violencia contra las mujeres son inherentes al comercio sexual y por lo tanto habría que abolir dicha práctica y otro el que plantea que tal actividad tiene un rango de formas variadas de desempeño que deberían regularse así como reconocerse los derechos laborales de quienes se dedican a ella. López (2011, p.1).

     

     

    Con lo que dice el autor especifica que la prostitución la puede ejercer cualquier mujer si así lo quiere y que debe considerársele como un derecho laboral ya que es su cuerpo y si ella quiere hacer ese trabajo, puede, en cambio si es por medio del forzamiento o presión de otra (s) personas se considera delito ya que en este caso no hay consentimiento de la explotada para hacerlo.

     

     

    El delito de lenocinio castiga a aquellas personas que explotan a sus víctimas por medio del comercio sexual o carnal obteniendo un lucro de éste. Básicamente el responsable de éste delito es sancionado por inducir o solicitar a sus víctimas que comercien sexualmente con su cuerpo, por regentear, administrar, sostener directa o indirectamente prostíbulos o lugares de concurrencia dedicados a explotar la prostitución de personas, obteniendo un lucro de dicha explotación. Hernández (2007, p.6).

     

     

    Aquí, de acuerdo con el autor, el responsable del delito de lenocinio que explote a otra aun así teniendo conocimiento del hecho, pero que la quiera obligar de distintas maneras, será sancionada, dependiendo en el sitio donde lo cometa, acatándose a las sentencias de dicho lugar.

     

     

    En lo que concierne, la evolución histórica de la teoría de los presupuestos del delito depende mucho en el grado del crimen y en la trayectoria que ha tenido su estudio detenidamente.

     

     

    En los presupuestos del delito y los “presupuestos del hecho” se entiende como un lenocinio que hay elementos jurídicos anteriores a la ejecución del hecho, necesarios para existencia del delito, en la inteligencia de que su ausencia genera la modificación del acto delictivo. Camacho (2009, p.274).

     

     

    El autor Gustavo, nos da un análisis sobre cuándo puede ocurrir un delito de lenocinio en la que debe haber un hecho que sustente los elementos del mismo.

     

     

    A lo que el sujeto activo en el delito omisivo, se hace el análisis de la participación del tratante hacia la víctima.

     

     

    El delito omisivo tiene en el caso o función de las características con las cuales interviene el autor en el tipo omiso, surge la vinculación de las características de la lesión o puesta en peligro del bien jurídico protegido y con el alcance de la violación al deber jurídico, en el que la obra jurídica. Camacho (2009, p.459).

     

     

    Con esto, se da a entender que el sujeto activo que es el que obliga al pasivo a hacer algo en contra de sus derechos humanos, en una averiguación, debe existir el peligro jurídico al que se está exponiendo la persona, sino no hay delito y sería por ocurrencia de la otra parte para que salga otra afectada.

     

     

    Se ha dado énfasis en las últimas décadas sobre la regulación jurídica que tiene el supuesto del delito en relación con el tratante-víctima y los perjuicios que han surgido de estos.

     

     

    En la práctica judicial el ilícito de lenocinio, el supuesto fáctico-jurídico en el cual el sujeto pasivo (mujer) otorga su voluntad en la explotación de la prostitución que ejerce, debido a que ello contribuye uno de los elementos de la descripción normativa. Así, valorar si se lesiona o no el bien jurídico tutelado consistente en la libertad sexual. Vllex México (2012). Lenocinio y prostitución. Recuperado en septiembre de 2012, de "//doctrina.vlex/vid/lenocinio-prostitucion-397274466">//doctrina.vlex/vid/lenocinio-prostitucion-397274466.

     

     

    Con éste artículo se especifica que en la trata de blancas (mujeres) es un sujeto pasivo ya que adquiere la voluntad al resistirse de sus derechos humanos cuando el activo (padrote) la obliga a hacerlo por simple hecho de tener algún lucro con la misma.

     

     

    En relación con Rapin (2009, p.1) “La prostitución se inscribe en la línea de las violencias de las que son objeto las mujeres por parte de los hombres en cualquier sociedad y de las prerrogativas reconocidas a la sexualidad humana”.

     

     

    Adquiriendo la noción de la autora dice que la prostitución en la regulación jurídica representa en la observancia de los derechos humanos.

     

     

    Un sistema en el cual las mujeres se dejan atrapar como consecuencia de su miseria económica, de su falta de instrucción cultural, de sus ausencias de formación profesional, de las carencias afectivas y educativas de su infancia y adolescencia, y de los conflictos psicológicos y sexuales padecidos en su juventud. Guzmán (1992, p.1).

     

     

    Aludiendo a lo que nos dice Guzmán, él especifica en que en muchas ocasiones las mujeres intervienen para que se efectúe el prostituirlas o ya sea por cómo creció o su formación en su niñez adoptándolas y ejerciéndolas en su juventud.

     

     

    En la acción tanto del tratante como de la víctima, su relación en esto unifica la formación de los actos o tipos de acciones que hacen que el delito se atenúe o se agrave.

     

     

    Según la UNAM. (s.f.). Recuperado en octubre de 2013, de "//investigacion.politicas.unam/catedratrata/wp-content/uploads/2013/10/edomexmeta4.pdf">//investigacion.politicas.unam/catedratrata/wp-content/uploads/2013/10/edomexmeta4.pdf. “En la captación forzada de una víctima son éstas tomadas a la fuerza (secuestro, rapto) o bajo amenaza de violencia, para ellas o sus familiares”

    Para no confundirse, éste artículo de la UNAM esclarece que cuando se obtiene a la mujer bajo una captura forzada es por medio de factores coercibles en donde se emplea la fuerza sin consentimiento de la víctima.

     

    A criterio de la UNAM. (s.f.). Recuperado en octubre de 2013, de "//investigacion.politicas.unam/catedratrata/wp-content/uploads/2013/10/edomexmeta4.pdf">//investigacion.politicas.unam/catedratrata/wp-content/uploads/2013/10/edomexmeta4.pdf. “Por captación totalmente engañosa las víctimas son seducidas con promesas de oportunidades que no existen, promesas de matrimonio, falsos matrimonios, vida común”.

     

     

    Esto dice que también la acción de captura por el sujeto activo puede ser por medio de engaños en los que la víctima “cae en las redes” y esto hace que se vaya con el que le prometió mejor vida, amor, mejor trabajo, etc., al final la mayoría de las chicas, en especial entre 14 y 17 años, son las más vulnerables por objetos de inocencia o porque no tienen una concepción más vierta de la vida (de las maldades o mentiras que hay en el mundo).

     

     

    Por captación parcialmente engañosa, las víctimas están conscientes de la naturaleza de la oferta pero son engañas con respecto a las condiciones para sacar provecho de la misma (se ofrece un empleo como bailarina exótica o como meseras en bares cuando el verdadero fin es la prostitución. UNAM. (s.f.). Recuperado en octubre de 2013, de "//investigacion.politicas.unam/catedratrata/wp-content/uploads/2013/10/edomexmeta4.pdf">//investigacion.politicas.unam/catedratrata/wp-content/uploads/2013/10/edomexmeta4.pdf.

     

     

    Aquí la víctima es consciente del “trabajo” que le están ofreciendo y lo que eso implica, pero se dice que es engaño parcial por medio del sujeto activo porque aquí éste se aprovecha de las situaciones ya sea económicas y le ofrece éste trabajo diciéndole que tendrá mejor calidad de vida, llegando al lugar la obliga a prostituirse; que es lo que quería desde un principio pero como no había forma de convencerla tuvo que engañarla diminutivamente, y comienza el engaño y la víctima se ve atrapada en una situación en la que ya es difícil de salir.

     

     

    La captación en general:

    Por acogida: es el hospedaje o alojamiento que se brinda a una persona, en el caso de las víctimas de trata regularmente ese alojamiento es vigilado.

    ·         Por traslado: llevar a una persona de un lugar a otro.

    ·         Por recepción: tomar a la persona que se entrega o envía.

    ·         Y por transporte: medio que se utiliza para llevar a una persona de un lugar a otro (viajes por tierra, mar y aire). UNAM. (s.f.). Recuperado en octubre de 2013, de "//investigacion.politicas.unam/catedratrata/wp-content/uploads/2013/10/edomexmeta4.pdf">//investigacion.politicas.unam/catedratrata/wp-content/uploads/2013/10/edomexmeta4.pdf.

     

     

    La captación en ocasiones como lo marca éste artículo, regularmente son de los 4 modos ya que por las redes de los padrotes de municipio a municipio, de estado a estado, de nación a nación, lo hacen con fines de que no se dé con las secuestradas o engañadas para el trabajo ilícito para el que se les está usando.

     

     

    Los medios especifican el modo en el que incurre el delito, cabe mencionar que desde tiempos remotos, los medios son el factor más culminante e importante sobre el estudio del delito de lenocinio o crimen de prostitución.

     

     

    Los medios de control y coacción que utilizan los tratantes para controlar a las víctimas son:

    ·         Incrementar su nivel de vulnerabilidad (la víctima es trasladada de un lugar a otro para aislarla de otra red de apoyo, uso de drogas y alcohol, y uso de pseudónimos en vez de su nombre verdadero para evitar su identificación.

    ·         Servidumbre por deudas (se le da un préstamo; por adelantado, de dinero a la víctima para que ésta deuda sea después utilizada como medida coactiva para garantizar que realice la actividad planificada).

    ·         Confiscación y retención de los documentos de identidad.

    ·         Confinamiento y aislamiento para evitar que pueda pedir apoyo o ayuda.

    ·         Uso de violencia, cuando hay un engaño y la víctima se niega a participar en actividades como la prostitución, se recurre a la violencia física y sexual.

    ·         Uso de amenazas y represalias contra los hijos o hijas y demás familiares, o la deportación si son extranjeras o incluso la muerte. UNAM. (s.f.). Recuperado en octubre de 2013, de "//investigacion.politicas.unam/catedratrata/wp-content/uploads/2013/10/edomexmeta4.pdf">//investigacion.politicas.unam/catedratrata/wp-content/uploads/2013/10/edomexmeta4.pdf.

     

     

    Los medios son muy explícitos en la forma en que los delincuentes incurren adelantándose todas las alternativas para que su ejecución tenga “éxito y no haya problemas”, jurídicamente hablando.

     

     

    En la cumbre de nuestra humanidad se ha determinado que la fuente universal, puesta en éste término por algunos autores, que los fines de explotación indican el objetivo que desencadena el delito obligando o no a la víctima para que efectúe su “cargo”.

     

     

    Para el autor Ríos (2010, p.14) “En los fines de explotación sexual se relaciona íntimamente con la cultura de cada quien”.

     

     

    Por lo que destaca la autora se puede entender que en los fines que conlleva la prostitución tiene que ver mucho la cultura de cada quien en el dónde, es decir, depende de cómo está acostumbrada la persona; en éste caso la mujer, a ver la vida ya sea en un punto social por la que ha atravesado su vida diaria y el lugar en donde esté que perjudica de alguna manera la cultura de las personas.

     

     

    En cambio Sánchez (2010, p.1) “Los fines de la prostitución conlleva al tráfico sexual de las menores”.

     

     

    Según con Sánchez, en los fines de la prostitución son más vulnerables las menores porque son más fáciles de manipular en la traslación de ofrecerles un trabajo mediante el engaño en otro país, estos al obtener el traslado, empiezan la manipulación o el estropicio hacia la víctima.

     

     

    En los procedimientos penales, es necesario esclarecer el seguimiento que se tiene que hacer en el momento de hacer una averiguación para acentuar si se trata de delito o no dependiendo las circunstancias, ya sea porque la víctima obre la prostitución por su cuenta o tenga el “apoyo” de un tratante.

     

     

    Artículo 269 BIS A. habrá caso urgente cuando concurran las siguientes circunstancias:

    ·         Se trate de delito grave así calificado por la ley.

    ·         Exista riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse a la acción de la injusticia.

    ·         El Ministerio Público no pueda ocurrir ante la autoridad Judicial para solicitar la orden de aprehensión por razón de la hora, lugar o cualquier otra circunstancia existirá el riesgo fundado al que se refiere la fracción II, en atención a las circunstancias personales del inculpado, a sus antecedentes penales, a sus posibilidades de ocultarse, al ser sorprendido al tratar de abandonar el ámbito territorial de jurisdicción de la autoridad que estuviera conociendo del hecho o en general a cualquier indicio que haga presumir fundadamente que pueda sustraerse de la acción de la justicia.

    ·         El Ministerio Público podrá bajo su responsabilidad, ordenar la detención en caso urgente, por escrito, fundado y expresando los indicios que acrediten los requisitos mencionados.

    ·         Salvo que le individuo se encuentre en presencia del Ministerio Público, las demás detenciones serán ejecutadas por la agencia estatal de investigación, la que deberá sin dilación alguna poner al detenido a disposición del Ministerio Público.

    ·         La violación de ésta disposición hará penalmente responsable al Ministerio Público o al servidor público que decrete indebidamente la detención y el sujeto será puesto en inmediata libertad.

    En el Código Penal del estado de Chiapas, el lenocinio se califica como un delito grave para todos los efectos legales por afectar de manera importante los valores fundamentales de la sociedad. Código de Procedimientos Penales para el estado de Chiapas (2013, p.1). Título Primero reglas generales Capítulo I reglas comunes. Recuperado el 20 de marzo de 2013, de "//info4.juridicas.unam/adprojus/leg/8/263/309.htm?s">//info4.juridicas.unam/adprojus/leg/8/263/309.htm?s.

     

     

    En el proceso penal que explica muy bien en lo que concierne en el estado de Chiapas, se llevará una determinada averiguación previa con las declaraciones preparatorias que se tengan que hacer, por consiguiente se entiende que en caso urgente, o de ser muy perseguido ya la persona o el delincuente por una demanda, el MP podrá efectuar la captación de éste ya que el delito de lenocinio especificado en el código es de explícita determinación por lo que el lenocinio va muy en contra de los valores, o la moral, de la sociedad en general.

     

     

    Se menciona que la técnica más utilizada hoy en día por los padrotes o sujetos activos es el Facebook, o bien, las redes sociales porque es una forma más “eficaz” y “eficiente” de localizar a sus víctimas, pero la citada es la red social más administrada por estos, ya que en casos procesados, la víctima establece su primer contacto con el delincuente por Facebook.

     

     

    A criterio de Cortés (2014, p.5) “Los padrotes hoy en día la modalidad más utilizada para atraer a las víctimas es por medio de las redes sociales, como Facebook, la más utilizada”.

     

     

    Con esto, se dice que hoy en día la “modalidad” o técnica más utilizada por los tratantes son las redes sociales, se dice que estos hacen amistades por medio de las mismas y así consiguen comunicarse con las mujeres “hermosas” y que tengan el perfil para su “trabajo” como si es delgada, bonita, buena presentación, y si en sus fotos refleja aún más la atención de los delincuentes, éstos las localizan iniciando conversaciones de chat o video chat.

     

     

    El foco rojo anunciado señala que el quince por ciento de los adolescentes desconoce el riesgo del uso irresponsable de las redes sociales, mientras que el veintidós por ciento aseguran no haber recibido orientación alguna sobre el uso de éstas lo cual genera un ambiente propicio para los tratantes. (Francisco Mixcoatl Antonio, Comisión Estatal de Derechos Humanos del estado de Tlaxcala)

     

     

    Ésta alarmante es una opción por la cual los tratantes en la actualidad localizan a sus víctimas, en su mayoría, las adolescentes no tienen concepción general de los padrotes por lo que caen en sus engaños o bien, amenazas cuando al momento de convencerlas de enviarle una foto “sexy”, las amagan de divulgarlas si no hacen lo que les piden.

     

     

    El tiempo para contactar y enganchar a las víctimas a través de internet es en menos de dos semanas, utilizando principalmente el enamoramiento y la posibilidad de ofertas de trabajo o de convertir a las jóvenes en modelos famosas. (Nelly Montealegre Díaz, Fiscalía especial para los Delitos de Violencia contra las mujeres y trata de personas de la Procuraduría General de la República).

     

     

    De acuerdo con lo que dice la titular, en las redes sociales es la forma más rápida de que los delincuentes consigan más víctimas en sus “negocios” y así sea más eficaz el “negociamiento” utilizando diversas formas de convencimiento cuando empiezan conversaciones privadas.

     

     

    Los grupos delictivos operan en 26 estados, ocho son los que concentran la mayoría de averiguaciones previas en donde Chiapas ocupa el 5.4 % del 31.7%, en donde el primer lugar se haya en el Distrito Federal con el 19.6%, Tlaxcala y Puebla empatados con el 12.9%, luego el Estado de México con el 5.8%, Chihuahua 4.5%, Oaxaca 4.1% y Guanajuato con el 1.6%. (Según registros de la Federación en la que las víctimas son localizadas por una de las redes más famosas, Facebook).

    Los registros señalados son muy altos y hay que tomar atención y no pasarlas desapercibidamente ya que tomando en cuenta sólo al estado de Chiapas, el índice de las víctimas atrapadas o localizadas por medio de las redes sociales, es muy alto a nivel nacional.

     

     

    Otra forma de llamarles a los delincuentes de trata de blancas es, proxenetas, que se dice son los administradores de las “ganancias de las jóvenes”.

    A modo de Bolio (2009, p.201) “lo proxenetas son los que administran las ganancias de las prostitutas”.

     

     

    Con lo que plantea el autor, especifica que los proxenetas son aquellos que interfieren en las “ganancias de las jóvenes”, le dan lo que les corresponde o en algunos casos sólo las explotan para su propio enriquecimiento, utilizando sólo a éstas para el comercio carnal sin darles nada económicamente.

     

     

    Al punto de vista de Hernández (1999, p.13) “Los proxenetas se dividen en dos grandes grupos, en los afiliados al crimen organizado y no afiliado”

     

     

    Esta visión y orientación del autor con los proxenetas, menciona que muchas veces los que tienen “poder” en el gobierno o el “poder” de manipularlo, son casi siempre personas ligadas con el crimen organizado, es decir, son narcotraficantes desencadenándose los delitos contra la salud, armas prohibidas, etc.

     

     

    Los yakuzas son considerados los más antiguos proxenetas con el comercio sexual de Japón y que tuvieron en cuenta para lo que sirven las mujeres por lo que las Geishas se sobreestimaban como la mejor compañía que un hombre podía tener a lado. Balles (2000, p.3).

     

     

    Aquí con lo que dice el autor se enfoca hacia los japoneses y del cómo ven a las mujeres y del para qué sirven lo que se considera uno de los promovedores de la administración en el dinero de las prostitutas y que según ellos lo deben de hacer porque es la mejor compañía que deben de tener a lado con lo que las han alineado socialmente.

    Con lo que dice Hernández (2000, p.34) “Algunos proxenetas deciden comerciar a mujeres sexualmente sólo para satisfacer sus necesidades básicas y viven sin lujos”

     

     

    A este modo se comprende que los proxenetas no quieren vivir con lujos al contrario de los padrotes, pues sólo su fin es no trabajar pero vivir cómodamente sin tener que hacerlo por medio de otras personas.

     

     

    El sustento para analizar las debidas sanciones a los tratantes se encuentra en nuestro Código Penal del estado de Chiapas en el que explica detenidamente qué motivo o qué incurrimiento y su sanción o pena establecida.

     

     

    El delito de lenocinio del Título Décimo Segundo que habla sobre los Delitos contra la moral y la dignidad de las personas en el capítulo IV a partir del artículo 339 del Código Penal del estado de Chiapas:

    ·        Toda persona habitual u ocasionalmente, explote el cuerpo de otra u obtenga de ella un beneficio por medio del comercio canal o se mantenga de éste comercio u obtenga de éste un lucro cualquiera. Código Penal del estado de Chiapas (2014, p.99).

     

     

    Aquí claramente se determina que todo aquel que cometa el delito de delito, e podrá calificar así siempre y cuando se presuma o no la amenaza por parte de él en incurrir a obligar a otra persona del modo que sea en prostituirse.

     

     

    ·        El que induzca o inicie a una persona para que, con otra, comercie sexualmente con su cuerpo o le facilite los medios para que se prostituya.

    En éste sentido habla sobre de cómo puede incurrir de otra forma el delito en lo que se entiende del mismo que el lenocinio lo puede cometer también la persona, que aun sabiendo la joven del significado del hecho, le proporcione cualquier medio para que comercie su cuerpo sexualmente.

     

     

    ·        Al que reguentee, administre, dirija, o sostenga económicamente, directa o indirectamente prostíbulos, casas de citas o lugares de concurrencia expresamente vinculados a explotar la prostitución, u obtenga cualquier beneficio de sus productos.

     

     

    A esto se dice que el delito de lenocinio también lo puede cometer la persona que aunque no esté penetrada en saber quiénes son las víctimas se beneficie económicamente de ese lucro.

     

     

    En el artículo 340 especifica:

    ·         Que al responsable del delito de lenocinio, se le aplicará una pena de cuatro a ocho años de prisión, con una multa de cincuenta a doscientos días de salario. La pena aumentará en cuatro años de prisión, cuando el responsable cuente con la colaboración o protección de cualquier corporación policíaca o de vigilancia administrativa, o de cualquier servidor público sea de la Federación, del Estado o municipios.

     

     

    Esto es que la pena va de cuatro a ocho años de prisión, pero el delito se agrava cuando se infiltran servidores públicos ya que están entrenados o saben dónde los pueden cachar en la movida, y esto hace que las víctimas lleven años y años en el “trabajo”.

     

    ·        Si en la comisión del delito de lenocinio se empleare violencia de cualquier naturaleza o el responsable fuese servidor público y se valiera de dicha función para la comisión del ilícito, la pena agravará hasta una mitad más.

     

     

    Por tal motivo, en ésta fracción determina que si siendo servidor público pero empleara abuso de autoridad se toma agravado el delito, por lo tanto, la pena aumentará.

     

     

    En el artículo 341:

    ·         Cuando la persona cuyo cuerpo sea explotado por medio del comercio sea un menor o incapaz, se aplicará al explotador, a quien obtenga un lucro de dicho comercio y a quien consienta, permita o tolere dichos actos la pena de seis a diez años de prisión y multa de mil quinientos a dos mil días de salario. Si el agente empleare violencia, o siendo servidor público se valiera de su función, la pena se agravará en una mitad más y la multa se elevará hasta mil quinientos días más.

     

     

    Por ello, en éste artículo menciona si la víctima es menor de edad y se empleare violencia se agrava aún más, ya que se considera que el “niño” no tiene capacidad de valerse por sí mismo y enfrentar los hechos.

     

     

    En el artículo 342:

    ·         Si el sujeto activo fuere ascendiente, descendiente, cónyugue, concubina o concubinario, tutor, curador o responsable de la custodia de la persona explotada, la sanción será de diez a quince años y el sentenciado será privado de todo derecho sobre el sujeto pasivo y sobre los bienes de éste.

    Es decir, cuando el sujeto activo tiene algún tipo de relación con la víctima, el delito se considera aún más penado por

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aqu�





 
 

Tuempresa
Tus servicios aqui
www.mipagina.com
Tuempresa
Tus servicios aqui
www.mipagina.com
Tuempresa
Informacion de los servicios que ofrece tu empresa
www.mipagina.com

En este modulo pueden participar exclusivamente Estudiantes.