El escrito debe ir dirigido al Juez que dictó la resolución de que te dueles, que se conoce
como el "A quo".
"Anexo" a ese escrito donde interpones tu recurso de apelación, deberás acompañar el
"escrito de agravios" que va dirigido al Tribunal -superior jerárquico- del Juez y que se
conoce como el "Ad quem", que es quien analizará si los agravios que planteas en contra
de la resolución resultan fundados o no.
Como hablas del C.F.P.C. y te refieres al Tribunal Unitario, aunque no haces mención
de que exista un "juicio federal" o de algún "Juez Federal", lo lógico es inferir que te
refieres a los órganos que integran el P.J.F. y siendo así, tienes la razón, el competente
para conocer de éste recurso es el Tribunal Unitario en turno.
Si se especializan por materias, generalmente son civiles y penales, aunque también
existen los auxiliares; bajo la reserva de que te cerciores cuál es la denominación
correcta en tu localidad, en el D.F. sería el "Tribunal Unitario en materias Civil y
Administrativa del Primer Circuito en turno".