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Tarea No. 68

resumen de procedimientos civiles

  • Tarea : 68
  • Autor : ANILU201
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  • RESUMEN PARA 2º. PARCIAL DERECHO PROCESAL CIVIL.

    1.- QUE ES EL PROCESO Y PROCEDIMIENTO DEL DERECHO PROCESAL CIVIL?= es la demanda y contestación de demanda.

    2.- CUANDO SE DESIGNAN ÁRBITROS JUDICIALES =cuando hay un contrato en Litigio, se pide la opinión de un árbitro en un juicio arbitral.

    3.- QUE SON LOS ÁRBITROS JUDICIALES= Es un profesional en la materia, dígase Arquitecto, Ingeniero, Grafólogo, etc. Etc. Con Cedula Profesional y con experiencia en el Ramo.

    4.- QUE ES LA CLÁUSULA COMPROMISORIA= Es una obligación de las partes que ponen al hacer un Contrato Privado, en el que se obligan a cumplir sus cláusulas, aceptando todas y cada una de ellas y que de no hacerlo serán sancionados.

    5.- PORQUE LA CLÁUSULA COMPROMISORIA ESTA DENTRO DE LOS ACTOS PREJUDICIALES= porque no se designó la designación de árbitro.

    6.- QUE PASA CUANDO UNA PARTE NO COMPARECE O DESIGNA ARBITRO=El Juez la Designa, principalmente cuando ambas partes no están de acuerdo.

    7.- QUE PASA CUANDO HAY INCONFORMIDAD EN RESOLUCIÓN DE ÁRBITRO= Se promueve una apelación en contra de la misma.

    8.- CUALES SON LAS FORMAS DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES= Por concluir el juicio; por pago; Terminación de Contrato; Caducidad; Prescripción.

    9.- QUE ES LA CONFUSIÓN.- Cuando el Acreedor se convierte en Deudor.

    10.- CUAL ES EL PAGO IDÓNEO PARA EXTINGUIR OBLIGACIONES= En Especie (entregar la cosa); Trabajo (servs. Profesionales); Económico (pago efectivo o entrega debida de la cosa comprometida).

    11.- QUE ES LA CONSIGNACIÓN= Es cuando el Acreedor no quiere recibir lo que se le debe, se hace la consignación.

    12.- CUANTAS HIPÓTESIS SE DAN PARA LA CONSIGNACIÓN (4) =

    Que el acreedor se niegue a recibir la prestación debida. (Mercantil o pensión alimentos).

    Que el acreedor se niegue a dar el recibo de pago (en renta hago la consignación)

    Que el Acreedor fuere una persona Incierta (hay varios herederos el Juez dice a quien pago)

    Que el Acreedor fuere persona Incapaz (Capacidad de Goce y Ejercicio “menores de edad, daño mental, drogadictos, etc. Se designa Tutor y a él se le consigna.

    13.- QUE OTRA COSA SE PUEDE CONSIGNAR A PARTE DE DINERO= la Casa, a través de las Llaves de la misma en el Juzgado. Por no querer recibirlas el propietario. O ante Notario.

    14.- COMO SE HACE UNA CONSIGNACIÓN= se va al juzgado y pide recibo de depósito exponiendo el problema, dan recibo, se va al banco y se deposita en HSBC, se hace oficio al juzgado y se agrega el recibo de depósito, se lleva al juzgado y se pide notifiquen al interesado de la consignación a su nombre.

    15.- PORQUE LOS ALIMENTOS NO SON RETROACTIVOS= Porque se paga desde el inicio que dice el Juez hasta donde debe hacerlo. A Menor que la acreedora alimentaria haya acreditado se endrogó para cubrir sus alimentos.

    16.- CUALES SON LAS 5 HIPÓTESIS DE LAS PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS=

    1. ARRAIGO, Penal (está en un lugar y no puede salir de ahí); Civil (No sale del lugar donde se lleva enjuicio)
    2. EMBARGO PRECAUTORIO, por ejercitar  acción real (compra-venta) que no venda ni los done.
    3. EMBARGO PRECAUTORIO, por ejercitar acción personal (créditos para que el que va a demandar enajene bienes y éstos sean embargados).
    4. ORDENAR LA SUSPENSIÓN O DESTRUCCIÓN DE UNA OBRA PELIGROSA (será a juicio de peritos) quienes determinen si la obra se suspende o termina.

          NOTA: en estos 4 casos el que promueva hará embargo precautorio como garantía hasta resolver el                       juicio, anotándose en el REG.PUB.DE la PROP.

    5     RETENER LA POSESIÓN (hay un inmueble y no hay dueño incierto o se desconoce o no hay escritura.

    17.-EN PROCESAL MERCANTIL, CUANTOS TIPOS HAY DE JUICIOS= Según el Código de Comercio son Medios Preparatorios a juicio y Providencias Precautorias. En los que hay Demanda, emplazamiento y contestación). Se cierra periodo probatorio, se abre el de alegatos y concluye con sentencia definitiva.

    18.- CUANTOS DISTRITOS JUDICIALES HAY EN EL ESTADO DE VERACRUZ= HAY XXI.

    19.- COMO SE ELABORA UN JUICIO ORDINARIO CIVIL= Escrito de demanda, Emplazamiento, Contestación, Desahogo de vista 3 días, Período Probatorio “audiencias”, se cierra periodo probatorio, se abre de Alegatos “verbal o por escrito”; Sentencia Definitiva en Instancia.

    20.- CUALES SON LOS REQUISITOS DEL ESCRITO DE DEMANDA=

    - A que Tribunal se va a Dirigir (Municipio, Materia, Cuantía)

    - Juzgado por cuantía (hasta 100 salarios mínimos es J. Mpal) de (100 a 1000 salarios mínimos J. Menor) de (1000 salarios mínimos en adelante es J. de 1ª. Instancia).

    - Nombre y domicilio del actor para oír y recibir notificaciones.

    - Nombre y domicilio del demandado.

    - Objeto y Objetos a reclamar con sus accesorios

    - Hechos en que el actor funde su petición. Narrándolos sucesivamente

    - Fundamentos de Derecho citando preceptos legales y principios jurídicos.

    - En su caso el valor de lo demandado.

    21.- QUE SE DEBE ACOMPAÑAR CON LA DEMANDA AL PRESENTARLA= Las pruebas  justificativas de su acción.

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -AQUÍ INICIA LO DE ESTE SÁBADO 6 DE MARZO DEL 2010. - - - - - - - - - - -

     

    22.- QUE ARTICULO PRECISA LOS REQUISITOS DE UNA DEMANDA= 207 DE C.P.C.

    23.- COMO SE HACE EL EMPLAZAMIENTO DE DEMANDA AL ACTOR CUANDO SE FORMÓ UN EXPEDIENTILLO= por una vez, manifestándole que en su escrito no puso el domicilio del demandado, el actor hace otro escrito con el núm. Del expedientillo solicitando la devolución de los documentos, para hacer conforme a derecho la Demanda cumpliendo con sus requisitos.

    24.-CUANDO SE HACE EMPLAZAMIENTO POR EDICTO= Cuando se agotaron los medios para conocer el domicilio del Demandado y se hace en el Juzgado y diarios Local, Regional y Nacional.

    25.- QUE OBJETO U OBJETOS SE RECLAMAN EN UNA DEMANDA, EN LA QUE SON LLAMADOS ACCIONES= Contrato Priv.; Pensión Alimenticia, pérdida patria potestad, divorcio necesario, acción reivindicatoria, petición de herencia, constitución servidumbre de paso, terminación contrato de arrendamiento.

    26.-A QUE SE LE LLAMA ACCESORIOS= Al pago de renta vencida y las que se sigan venciendo.

    27.- COMO SE DIRIGE EL LITIGANTE AL JUEZ EN UNA APELACIÓN= con moderación, respeto, absteniéndose de denostar al Juez, o quedará sujeto a corrección disciplinaria.

    28.- LAS DEMANDAS SON GENERALMENTE EN HOJA OFICIO= de acuerdo a criterios jurisdiccionales, en la que se va a Procurar fundamentar la misma en los artículos del Código Civil y de Procedimientos Civiles. Para que tenga un mejor respaldo jurídico.

    29.- EN LA CONTESTACIÓN DE DEMANDA Y/O RECONVENCIÓN QUE SON LAS PRUEBAS SUPERVENIENTES= son las que no se pudieron poner en la demanda o escrito de contestación, por desconocerlas y  aparecieron posteriormente, agregándolas por escrito de inmediato.

    30.- INTERPOSICIÓN DEL ESCRITO DE DEMANDA= Se da con la Interrupción de la Prescripción, si no la tuviere por otros medios. Ejemplo: (Se da la Prescripción Negativa por extinguirse derechos por transcurso del tiempo), para Petición de herencia son 10 años; Cobro de títulos de crédito 3 años a partir de la fecha de vencimiento; término para contestación de Demanda 9 días hábiles a partir que surte efectos la notificación.

    a) SEÑALAR EL PRINCIPIO DE LA INSTANCIA=porque hay apelación pasa a 2ª. Instancia y hasta llega a la 3ª.

    b) CUALES SON LAS 2 INSTANCIAS QUE SE MANEJAN EN MATERIA CIVIL= EN 1ª. Instancia Inicia con la demanda y termina con la sentencia-- en 2ª. Instancia inicia con el Recurso de apelación y termina con la Resolución.

    QUE ES EL AMPARO= es un Juicio Nuevo llamado Juicio de Amparo, o de Garantías.

    c) Determinar el valor de las prestaciones exigidas.

    31.- EL EMPLAZAMIENTO RELACIONADO CON EL ART. 14 CONSTITUCIONAL, PARA QUE SURTA SUS EFECTOS DEBE=Prevenir el juicio del juez que lo hace.-. Sujetar al emplazado a seguir el juicio ante el juez que lo emplazo.-. Obliga al demandado a contestar ante el juez salvo que haya incompetencia por el juez.-. Producir consecuencias de interpelación judicial si no hubiere mora por parte del obligado.

    32.- QUE ARTICULO HABLA DE LA OBLIGACIÓN DE CONTESTAR LA DEMANDA= el 210 ya sea para contestarla o reconvenirla, contando con 9 días hábiles para hacerlo, negando o contestando, ofreciendo las pruebas que considere necesarias.

    33.- QUE ES UNA RECONVENCIÓN.- Es una Contrademanda=ejemplo la actora en pensión alimenticia se convierte en demandada en divorcio necesario. Cuando el demandado contesta la demanda y le reconviene en divorcio necesario, convirtiéndose en actor. (En Prescripción Positiva contesto y niego hechos, Reconvengo La Devolución del Inmueble).

    34.- QUE ART. SEÑALA LA AUDIENCIA Y RECONVENCIÓN DE LA LITIS= 219 es la 1ª. Audiencia, TIENE LA VOZ el abogado de la parte Actora ratificando la demanda en todas y cada una de sus partes, luego se pasa a una “Instrucción Copiada “contando con 30 min., para que las partes lleguen a un arreglo, si llegan a un Arreglo el juez Dictamina: COMO COSA JUZGADA.

    Si no llegan a ningún arreglo, se sigue a la 2ª. Audiencia del Art. 221 C.P.C.

    35.- QUE ES LA FIJACIÓN DE LA LITIS= Art. 305 en relación al 235 dice que la Litis es Una controversia o Pleito que una parte tiene en contra de otra en un proceso.

    36.- EN QUE MOMENTO SE FIJA LA LITIS= Al presentarse la Demanda y Contestarla para el desahogo de las pruebas.

    37.- QUE ES LO QUE ACUERDA EL JUEZ DE LA LITIS= La aprobación de las Pruebas por la parte Actora que es la CONFESIONAL.

    38.- CADUCIDAD DE LA ACCIÓN, INSTANCIA Y DESISTIMIENTO= (Desistimiento, Acción, Caducidad.

    39.- POR QUE NO PODEMOS HABLAR DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN=Porque podemos promover nuevamente, porque lo que ya caducó fue la Instancia y no la acción.

    40.- CUALES SON LOS 3 TIPOS PARA TERMINAR O CONCLUIR UN JUICIO=

    - Por Sentencia.

    - Por Desistimiento de la Acción, al hacerlo ya no puedo volverlo a hacer. De la Instancia, por no tener los elementos suficientes, hago otro juicio de Acción Reivindicatoria o Prescripción Positiva.

    - Por Caducidad cuando se deja de promover en un juicio, deja de tener actividad. Son 180 días naturales desde la última fecha en que se dio vista a la parte contraria,  para que surta sus efectos la Caducidad. O se puede hacer de Oficio o a Petición de Parte.

    41.- PORQUE LA CADUCIDAD ES UN DESISTIMIENTO TÁCITO= Porque no se hizo de forma verbal, sino por actitud, dejando las cosas en el Estado en que se encontraban. Art. 11 3er. Párrafo CPC.

    42.- QUE SE ENTIENDE POR PROMOCIÓN= A todo lo que se la secuela legal dentro de un procedimiento.

    43.- CUALES SON LAS PRUEBAS EN PARTICULAR EN UNA DEMANDA= Son las que se apoyan en sus aseveraciones con elementos acrediticios y no a los que hacen las mejores alegaciones. Carlos Arellano García. Estas Pruebas son

    (Ofrecimiento- Admisión- Preparación- Desahogo o Recepción- Valoración).

    44.- QUE ES EL OFRECIMIENTO= son las pruebas justificativas que hace el actor en su demanda al ejercer su acción, así mismo las hará el demandado al contestar la demanda o reconvención.

    45.- QUE ES LA ADMISIÓN= Es cuando las Pruebas se reciben antes de la Audiencia, en que se cita a las partes a absolver posiciones, a testigos y peritos, que el juez exhorte a la Inspección Ocular, que solicite copias de documentos, libros y demás instrumentos ofrecidos por las partes, decidiendo el juez si las admite o no.

    46.- QUE ES LA PREPARACIÓN=  Son las pruebas que el tribunal recibe y tiene listas antes de iniciar la audiencia, refiriéndose a los hechos del escrito de demanda y de la contestación. Las pruebas que no se prepararon ya no valen. Por ello hay que estar pendiente de que las notificaciones o emplazamientos se realicen correctamente para que éstas pruebas no sean desechadas.

    47.- QUE DECLARACIÓN DESECHA UNA PRUEBA= LA DECLARACIÓN DESIERTA= que está bien preparada, pero que por causa imable al Oferente no se recepciona por el Juzgado. Es decir, está  el testimonio de 2 testigos y solo se presenta Uno, pues esa prueba sirve y la del otro ya no.

    48.- QUIEN TIENE LA FACULTAD A DESECHAR UNA PRUEBA= El Juez, dirá si procede o no.

    49.- DESAHOGO O  RECEPCIÓN (AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN Y FIJACIÓN DE LA LITIS ART. 219)= por lo general es en la audiencia del Art. 219 a los 8 días siguientes a la contestación de la demanda, a petición de parte y a petición, el juez la señalará, en dicha audiencia se presentará La Confesional y Testimonial de las partes.

    50.- ART. 221 DE LA SEGUNDA AUDIENCIA Se da cuando en la primera no se recibieron o no dio tiempo para el desahogo de las pruebas ofrecidas y se lleva a efecto a los 20 días siguientes de que se efectuó la primera.

    51.- VALORACIÓN O VALOR DE LAS PRUEBAS= ART. 236  Es la Confesión Judicial a la que se concurre bajo las siguientes condiciones: (Hecha por persona Capaz de Obligarse; Con pleno conocimiento, sin coacción ni violencia; que sea de hecho propio y concerniente al negocio; que se haga con las formalidades de ley).

    52.- QUE ART. ES PARA DICTAMEN DE PERITOS Y PRUEBA TESTIMONIAL= 332 y Corresponde al Juez darle su Valor bajo los Sistemas de tasado, libre apreciación y mixto.

    53.- SISTEMA TASADO= Es lo que dice la ley cuando el legislador dice al juez que valor le va a dar a cada prueba Confesional, Documental etc.

    54.- SISTEMA LIBRE APRECIACIÓN=El legislador da al Juez libre Criterio (Testim. Y Pericial).

    55.- SISTEMA MIXTO= Combinación de ambos sistemas que el Legislador da el Valor a cada prueba, para que el Juez decida cual va a aplicar el nuestro sistema jurídico.

    56.- PRUEBAS EN PARTICULAR (ART. 235)=Son las que se ponen en el escrito de demanda y son:

    Confesional, Documental, Pericial, Testimonial, Inspección o Reconocimiento  Judicial, Presuncional “legal y Humana”).

    57.- QUE ARTICULO HABLA DE LOS REQUISITOS DEL PLIEGO DE POSICIONES=250

    58.- COMO DEBEN HACERSE LAS POSICIONES=Se articulan de manera precisa, no insidiosas, será un hecho por cada uno, que sean hechos propios del que declara, el juez será escrupuloso en el cumplimiento de este precepto.

    59.- QUE OTROS REQUISITOS TIENE EL PLIEGO DE POSICIONES=

    - Cuando comparece la persona que se llamó, el Juez abre las posiciones, si son varios los que declaran son por separado para que no se pongan de acuerdo los que ya pasaron con los que no;

     - El que declare no será asistido por su Abogado ni persona alguna aleja que le aconseje.

    - El que declara lo hará de forma categórica (si o no)

    -La parte que promovió la prueba puede formular sus posiciones al absolvente.

    - De las declaraciones de las partes se levantan Actas, que llevará impreso a cada posición “Bajo protesta de decir verdad” firmando al pie de la ultima hoja y al margen de las demás en que están las declaraciones de los demás., si no sabe firmar se hará constar esa circunstancia.

    - En caso de Enfermedad comprobada, el Personal acudirá hasta donde se encuentre a tomarle su testimonio con la presencia de la otra parte si asistiere.

    60.- EL QUE DEBIERA ABSOLVER POSICIONES Y NO LO HIZO ES DECLARADO= CONFESO:

    X No comparecer sin causa justa--que se niegue a declarar---que al hacerlo insista en no responder afirmativa o negativamente.

    61.- QUE PASA EN CASO DE DECLARAR CONFESO AL LITIGANTE ART. 258=O deniegue esta declaración, se le invocará como agravio en Apelación que proceda contra la sentencia.

    62.- SI EL ARTICULANTE AFIRMA COMO HECHOS PROPIOS LAS POSICIONES QUE PASA= Se le declara confeso.

    63.- QUE PASA CON AUTORIDADES, CORPORACIONES OFICIALES, ESTABLECIMIENTOS DE LA admón.. PÚB. ART. 260= No absolverán posiciones, la parte contraria pide sean contestadas en el termino que el tribunal designe no excediendo de 5 días, y que tengan relación con la Litis, con el apercibimiento de ley en caso de no hacerlo.

    64.- QUE ES EL DESAHOGO PRUEBA CONFESIONAL Y SU PREPARACIÓN (2 FORMAS):

    ART. 302 Se hace su preparación antes de la audiencia, y que para tal efecto se citó a las partes a absolver posiciones; a los testigos y peritos; solicitando el Juzgado documentos que no estén al alcance de las partes, para ser desahogadas dentro de la audiencia.

    65.- EL OFERENTE EXHIBIÓ SU PLIEGO DE POSICIONES A TRAVÉS DE UN ESCRITO= el escribiente lo checa y prepara la prueba Confesional, citando con apercibimiento de ley por no comparecer. Las lleva ante el Juez y el las va calificando con ( ) si está clara y precisa, y (x) si está capciosa y negativa. Se pueden hacer de viva voz, las absuelve el citado; diciendo #Si es cierto como lo es”

    66.- EN QUE MOMENTO HAGO LA PREPARACIÓN DE LA PRUEBA CONFESIONAL= Antes de la audiencia.

    67.- EN QUE MOMENTO SE DESAHOGAN= En la audiencia.

    68.-QUE PASA CUANDO EL JUEZ VA A DICTAR SENTENCIA= Examina las pruebas presentadas por ambas partes para poder hacer su veredicto.

     

     

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