Hola a todos, necesito ayuda con el estudio dogmatico de este delito, para obtener:
- por la forma de culpabilidad
- por la forma de accion
- objeto material y objeto juridico
- por la forma procesal (si es de denuncia o de oficio)
- por el resultado (formal o material)
Segun el Codigo Penal de Tlaxcala dice:
Artículo 175.- Se aplicará prisión de quince días a un año y multa hasta de veinte días de salario al que sin justa causa, con perjuicio de alguien y sin consentimiento del que pueda resultar perjudicado, revele algún secreto o comunicación reservada que conoce o ha recibido con motivo de empleo, cargo o confianza en él depositada o por alguna otra causa.
Artículo 176.- La sanción será de uno a cinco años de prisión, multa de dos a cuarenta días de salario y suspensión de profesión, en su caso, de dos meses a un año, cuando la revelación punible sea hecha por persona que preste servicios profesionales o técnicos o por funcionario o empleado público o cuando el secreto revelado o publicado sea de carácter industrial.