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Tarea No. 114

El Pago

  • Tarea : 114
  • Autor : Sonia Velazquez
  • Publicado : desde la IP: 187.144.10.114
  • Tipo de Usuario :     estudiante
  • Ultima Visita :
  • Fecha Ingreso : 2010-06-03 00:17
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    Hola!!! agradeceria de sobre manera, que alguien me pudiera apoyar a entender el contenido de los siguientes articulos que contempla el Código Civil del Estado de Queretaro respecto del pago.

    ARTÍCULO 1956.-

    Cuando el pago lo haga un tercero, ignorándole el deudor, el que hizo el pago sólo tendrá derecho de reclamarle la cantidad que hubiere pagado al acreedor, si éste consintió en recibir menor suma que la debida.

    ARTÍCULO 1957.- En el caso del hecho en contra de la voluntad del deudor, el que hizo el pago solamente tendrá derecho a cobrarle aquello en que le hubiere sido útil el pago.

    ARTÍCULO 1958.- El acreedor está obligado a aceptar el pago hecho por un tercero; pero no esta obligado a subrogarle en sus derechos, fuera de los casos previstos en el Capitulo Tercero del Título Tercero de este Libro.

    Gracias!!!

     

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