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Tarea No. 177

DERECHO AGRARIO

  • Tarea : 177
  • Autor : OLERIKA
  • Publicado : desde la IP: 189.179.87.175
  • Tipo de Usuario :     estudiante
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  • Fecha Ingreso : 2010-09-27 20:43
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  • Disculpen, quisiera saber que ley rige al Derecho Agrario Mexicano.

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   LECHUGFA         (Visita mi Cubículo)
Fecha de Respuesta: 2010-09-29 05:53
 

la ley agraria no hay otra te doy 2 links uno para que comprendas mejor sus antecedentes historicos y el otro referente a la ley

"//html.rincondelvago/derecho-agrario-de-mexico.html">//html.rincondelvago/derecho-agrario-de-mexico.html

"//diados.gob/LeyesBiblio/pdf/13.pdf">//diados.gob/LeyesBiblio/pdf/13.pdf

espero te sirva

atte

marcelo lechuga


   betolin26         (Visita mi Cubículo)
Fecha de Respuesta: 2010-10-16 13:47
 

LA LEY AGRARIA, LA LEY SUPLETORIA VA A SER EL CODIGO CIVIL FEDERAL Y  EL CODIGO PROCESAL CIVIL FEDERAL.

SALUDOS.


   betolin26         (Visita mi Cubículo)
Fecha de Respuesta: 2010-10-16 13:55
 

 

LEY AGRARIA

 

TITULO PRIMERO

DISPOSICIONES PRELIMINARES

 

Artículo 1o.- La presente ley es reglamentaria del artículo 27 Constitucional en materia agraria y de observancia general en toda la República.

 

Artículo 2o.- En lo no previsto en esta ley, se aplicará supletoriamente la legislación civil federal y, en su caso, mercantil, según la materia de que se trate.

 

LEY AGRARIA

 

TITULO PRIMERO

DISPOSICIONES PRELIMINARES

 

Artículo 1o.- La presente ley es reglamentaria del artículo 27 Constitucional en materia agraria y de observancia general en toda la República.

 

Artículo 2o.- En lo no previsto en esta ley, se aplicará supletoriamente la legislación civil federal y, en su caso, mercantil, según la materia de que se trate.


   Rufino2010         (Visita mi Cubículo)
Fecha de Respuesta: 2010-10-16 18:27
 

Hola, OLERIKA.-

La ley que rige el Derecho Agrario Mexicano es:

- El Articulo 27 constitucional.

- La Legislación Agraria, del 23 de Febrero de 1992, incluyendo unas reformas hechas a los artículos 80 (de enajenaciones), y sobre juici os agrarios se reforman: los artículos 166, 170 primer y segundo párrafo, 178, 185 fracción VI y 198 fracción I y se adicionan: los artículos 166 con un párrafo segundo, 173 con los párrafos segundo a séptimo, 180 con un párrafo segundo, 185 con un párrafo último y 191 con los párrafos segundo. La última reforma es la publicada en el D.O.F. de fecha 17/Abril/2008.

- Segun sea el caso, se aplicará supletoriamente el Código Civil Federal y/o del Estado Federativo correspondiente.

Espero te haya servido, estando a tus órdenes.

Rufino



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