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Bienvenido a México Legal
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Tarea No.
369
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C
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ontrato en virtud del cual una de las partes o las dos se obligan a celebrar un en un plazo futuro un contrato
Características del contrato
Ø Nominado
Ø Principal
Ø Oneroso
Ø gratuito
Ø Instantáneo
Ø Unilateral
Ø Consensual en oposición al real
Ø Formal
Ø Conmutativo
Elementos esenciales
Consentimiento: acuerdo de voluntades en el que nace un interés jurídico en el caso la promesa en el que pueden quedar obligado uno o ambas partes denominados prominentes o beneficiarios
Objeto: consiste en la obligación de hacer (la promesa)
Elementos de validez
o Capacidad de ejercicio
o Forma: debe ser por escrito y delimitarse a cierto tiempo
Tipos de promesa
Promesa de venta:(unilateral) una persona se obliga a vender una cosa la otra conforme con esa obligación pero sin obligarse a comprar
Promesa de compra: una persona se obliga a comprar una cosa a precio determinado sin que la otra se obligue a venderlo
Promesa de compraventa: las partes se obligan a comprar y vender una cosa a cierto precio en determinado plazo---los dos tienen derechos y obligaciones
Contrato de compraventa (2248 cc)
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C
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ontrato en virtud del cual una de los contratantes llamado vendedor se obliga a trasmitir la propiedad de una cosa o derecho y la otra se obliga a pagar por ello un precio cierto y en dinero llamado comprador.
Características del contrato
Ø Nominado
Ø Bilateral
Ø Instantáneo
Ø Tracto sucesivo
Ø Principal
Ø Consensual oposición al real
Ø Formal
Ø Consensual en oposición al formal
Ø Conmutativo
Ø Oneroso
Ø real
Elementos esenciales
Consentimiento: acuerdo de voluntades que tiene por objeto trasmitir el dominio de una cosa o derecho a cambio de un precio cierto y en dinero
Objeto
Directo: trasmisión del dominio por una parte y el pago cierto y en dinero la otra
Indirecto: estaría constituido por la cosa y el precio
Precio: es la suma de dinero que el comprador se obliga a cambio de una cosa no es necesario que la totalidad del mismo sea en dinero ya que se puede pactar que el pago se aún especie
¿Cómo se fija el precio?
Ø Por acuerdo de las partes
Ø Por intervención de un tercero a petición de las partes(perito valuador)
Elementos de validez
Ø Capacidad de ejercicio
Ø Capacidad de representación (ocasiones)
Limitaciones y prohibiciones en el código civil para comprar y vender
· Los jueces ,magistrados,mp,defensores no pueden comprar los bienes que fueron objeto de los juicios en que intervinieron
· Los hijos sujetos a patria protestad solo pueden vender a sus padres cuando las cosas las hayan obtenido por su trabajo art 411 cc
· Los propietarios de cosa indivisa no pueden vender su parte respectiva sino cumpliendo con los copropietarios el uso del derecho del tanto
· No se pueden comprar bienes de cuya venta se hayan encargado
a) Tutores
b) Mandatarios
c) Representantes
d) Empleados
Forma en la compraventa
Bienes muebles======] [} consensual en oposición al formal
Bienes muebles mayores de $500 pesos====== []]} será formal
Bienes inmuebles ==== []} será formal en su totalidad y para que la compraventa surta efectos ante terceros deberá inscribirse en el registro público de la propiedad
Perdida de la cosa antes de concertar la compraventa
a) Cuando se destruye
b) Cuando queda fuera del comercio
c) Cuando no se tiene conocimiento de su paradero
d) Cuando teniendo ese conocimiento exista la imposibilidad de recuperarlo
Estas hipótesis traen como consecuencia la inexistencia del contrato al no existir el objeto indirecto (la cosa que se va a dar)
La venta de cosa o derecho litigioso
Litigio===controversia===nuda propiedad
Los derechos litigiosos si se pueden vender
En los sig. Términos 2272 cc
1. La venta de la cosa o derecho litigioso no está prohibido pero el vendedor debe declarar circunstancia de litigio para hacerse responsable de los daños y perjuicios si el comprador sufre evicción
2. Cosa litigiosa es aquella que se encuentra ate los tribunales en lo que se discute algo relacionado con la propiedad.
3. Existe nuda propiedad en virtud del litigio
Enajenación de la parte alícuota (no se divide)
Se presenta en la copropiedad en donde todo coparticipe debe notificar a los demás copropietarios para que ejerciten del derecho del tanto es decir para que sean preferidos en la venta en igualdad de posiciones ante u n tercero art 973 cc
Evicción en la cosa anterior al contrato
Existe evicción cuando el adquiriente es cribado por sentencia ejecutoriada de la cosa enajenada en razón de un derecho de un tercero anterior a la adquisición
Por tanto únicamente habrá de aplicar saneamiento al afectado por eviccion.
Endoso
Tratándose de bienes inscritos en el registro público de la propiedad y que su valor no exceda de 365 días de salario mínimo vigente q la venta sea al contado aquí podrá realizarse el endoso del bien sin la formalidad que se requiere en un bien de mucho más valor.
El registrador tiene la obligación de expedir la inscripción y de cerciorarse de la identidad de las partes y la autenticidad de las firmas así como comprobar que los impuestos estén cubiertos (agua y predial).
Obligaciones del vendedor
1. Conservar la cosa hasta la entrega
2. Comprobar la propiedad
3. Entregar la cosa
4. Trasladar el dominio de la cosa
5. Responder en caso de evicción
6. Garantizar la posición útil
7. Garantizar la posesión pacifica
8. Pagar por mitad los gastos de escrituración salvo pacto en contrario
Entrega de la cosa
Ø Real: consiste en la trasmisión material de la cosa
Ø Virtual: cuando el comprador acepta que la cosa vendida no queda a su disposición aunque no se le haya entregado físicamente
Ø Jurídica: aunque la cosa no ha sido entregada materialmente ,la ley la considera recibida por el comprador
Obligaciones del comprador
1. Pagar precio pactado
2. Pagar por mitad (escrituración)
3. Recibir la cosa
Garantías para el comprador y el vendedor
1. Retención del precio de la cosa vendida
2. Acción para pedir o exigir el cumplimiento al vendedor de la entrega de la cosa
Requisitos para escrituración
· Contrato de compraventa
· Título de propiedad
· Predial y agua al día
· Firma de antiguo dueño
· Acudir al notario para la trasmisión del dominio
*si muere el vendedor o no quiere firmar vamos con el juez para que nos dé un juicio de otorgamiento de firma
*si no se presentan a firmar el juez firmara en nombre del vendedor
*si se está en sociedad conyugal se necesitan las dos firmas
3. Acción de recisión de contrato más el pago de daños y perjuicios
Garantías del vendedor
· Derecho de preferencia en cuanto al pago del precio
· Derecho de retención de la cosa-------cuando no han pagado
· La acción de recisión de contrato más el pago de daños y perjuicios
*si no te parece algo un incumplimiento por alguna de las partes se pide la recisión de contrato.
Modalidades de la compraventa
1. Compraventa en reserva de dominio
Esta depende de una condición suspensiva consiste en que la propiedad de la cosa no se transfiera al comprador sino hasta que se realice un acontecimiento futuro e incierto que consiste por ejemplo en el pago de la cosa (hasta que pagues por completo te entrego lo vendido).
2. Prohibición de pago de retroventa
No me puede obligar que si vendo algo me lo vuelva a vender
El art 2302 manifiesta la prohibición de este pacto
3. Venta con pacto de preferencia
Es aquella en que una clausula estipula que en caso de que el comprador vaya a vender la cosa, el vendedor gozara de derecho de preferencia en igualdad de condiciones que cualquier otro comprador
La ley concede 3 días para bienes muebles y 10 días para bienes inmuebles para que el vendedor haga vales este derecho.
Art-2304 cc------tirar la venta
Si la cosa se vendiera viciando el derecho de preferencia la venta será válida pero el enajenado responderá por los daños y perjuicios (2305)
4. Venta (2301)
Estipula que puede pactarse que la cosa comprada no se venda a determinada persona pero será nula cuando se estipule que no pueda venderse a persona alguna.
5. Compra de esperanza
Consiste en adquirir una cantidad determinada, los frutos que una cosa produzca en el tiempo fijado tomando el comprador para sí el riesgo de que estos frutos no lleguen a existir.
· No se pagan daños y perjuicios simplemente se devuelve el dinero
6. Compraventa sobre muestras
Existe este contrato cuando las partes se ponen de acuerdo sin tener a la vista el objeto de la compraventa sino una parte desprendida del objeto que se llama muestra.
7. Ventas judiciales
Es acto traslativo de dominio donde se permite vender las cosas en juicio previo antes de la situación jurídica de la cosa
También se establece cuando un juez paga a los acreedores la suerte principal t el resto lo al antiguo de las subastas publicas
9. Compraventa en abonos
Es el contrato cuyo precio de la cosa se va pagando en partidas y en intervalos de tiempo regulares e irregulares (contratos de tracto sucesivo
Contrato d permuta 2327 cc
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C
ontrato en virtud del cual una de las partes transfiere a la otra la propiedad de una cosa a cambio de la que a su vez recibe en propiedad.
(Antecedente el trueque)
Características
· Bilateral
· Principal
· Oneroso
· Real
· Formal
· Consensual en opo. Al formal
· Consensual en opc al real
· Conmutativo
· Instantáneo
· Nominado
A las partes se les llama permutantes
· Permutante acreedor
· Permutante deudor
Elementos esenciales del contrato
Consentimiento: consiste en que debe existir el ánimo de trasmitir el dominio de la cosa a cambio de la otra cosa que recibe.
La cosa debe contener los elementos o características del objeto que existe en compraventa
· Licito
· Existir en el comercio
Elementos de validez
Forma: la permuta se caracteriza igual a la compraventa
· Inmueble=======formal
· Mueble=========no formal
Capacidad: de ejercicio
De representación
Prohibiciones: ser juez magistrado, tutores, mandatarios, representantes
Obligaciones de las partes
1. Transferir la propiedad de las cosas permutadas
2. Conservar la cosa antes de su entrega
3. Entregar las cosas permutadas en tiempo, lugar y forma
4. Responder de vicios ocultos
5. Garantizar la posesión pacifica
6. Responder de evicción
7. Salvar por mitad gastos de escrituración salvo pacto en contario
Contrato de donación 2332ccdf
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C
ontrato en virtud del cual un persona llamada donante se obliga a transferir gratuitamente el dominio de una parte de la totalidad de sus bienes presentes a otra persona llamada donatario que acepta dicha trasmisión en vida del donante.
Donación en usufructo vitalicio
· Los padres siguen usando la propiedad
· Se cumple el fallecimiento de los padres
Consiste en dar la cosa a los hijos pero hasta que mueran los padres dispondrán de la propiedad
· (sucesorio testamentario= los padres ya están muertos se realiza juicio para otorgar la cosa a los hijos)
Características del contrato
· Nominado
· Principal
· Gratuito
· Conmutativo
· unilateral
· formal
· consensual en oposición al formal
· instantáneo para el donante
· consensual en oposición al real
· oneroso
· tacto sucesivo(en usufructo)
Elementos de existencia
Consentimiento: se presta cuando se manifiesta la voluntad de transferir gratuitamente el dominio de una parte de los bienes al donatario y este debe notificar al donante la aceptación. Si no existe aceptación no existe la donación
Objeto: está representado en la parte de la totalidad de los bienes
Elementos de validez
1. capacidad para recibir donaciones
· concebido pero no nacido---2357ccdf
Pueden recibir donación las personas concebidas con l condición de que nazcan viables.
*esta es la única excepción de la ley que permite que el donatario un exprese su aceptación
*los menores de edad o incapaces pueden recibir donaciones atreves de sus representantes
2. capacidad para hacer donaciones
· los bienes en los emancipados necesitan autorización judicial
· ser mayor de edad en pleno uso de sus capacidades mentales
· las donaciones entre esposos no están permitidas(se presta a fraude, necesitan autorización judicial para realizarlas)
· las donaciones antenupciales si
Forma: la donación es consensual para bienes muebles cuyo valor es menor de $200
Donación formal: cuando recae sobre bienes muebles cuyo valor exeda de $200 pesos además de los bienes inmuebles
Clases de donaciones
Pura: es aquella otorgada en términos absolutos suEfectos no dependen de ninguna condición.
Condicional: cundo su nacimiento y/o resolución dependen de un acontecimiento futuro e incierto *condición suspensiva en el primer caso (futuro) condición resolutoria segundo caso (incierto).
Ejemplo:
Resolutoria= cuando cumplas 23 años te regalo un carro
Suspensiva= cuando termines la carrera te regalo un carro
Remuneratoria: son aquellas donaciones que se hacen en atención a los servicios prestados al donante y Que este no tenga obligación de pagar
· si te pido que cuides a mis hijos te regalo un punto.
Onerosa: se impone al donatario algunas cargas y se considera como donación en este caso el exceso que hubiera entre los bienes donados y las cargas impuestas.
Antenupciales: son las que se hacen por un o unos extraños en consideración al matrimonio
Entre consortes (esposos): son los que hace un cónyuge a otro durante el matrimonio pero se requiere autorización judicial
Entre vivos: son las que producen todos sus efectos en vida del donante
Reales: son aquellas en que efectivamente se realiza una trasmisión de dominio a título gratuito
Por causa de muerte: producen sus efectos atreves de la muerte de un dónate en algunos casos se aplican las disposiciones relativas a las sucesiones.
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Donación sucesión
Entre vivos de cujus
Aceptación en vida aceptación en muerte
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Masa hereditaria con testigos
Cuando muera esta casa será tuya y tus hijos están de testigos eje.
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Donación en usufructo vitalicio
G mn
Donaciones particulares: son las que recaen sobre ciertos por determinados medios del donante en estas el donatario no tiene la obligación de pagar las deudas del donante amenos que se hiciera con tal estipulación.
Universales:son las que comprenden todos los bienes presentes del donante pero en este tipo de donación el donatario es responsable de todas las deudas del donante pero solamente hasta donde alcance el activo de los bienes donados.
*En el caso de las donaciones universales el donante se reserva con propiedad los bienes necesarios para subsistir art 2347 ccdf
Obligaciones del donante
1 transferir el dominio de la cosa donada
2 entregar la cosa donada
3 responder de evicción si expresamente se obligo a hacerlo
Efectos respecto al donatario
El donatario tiene el deber de gratitud y funciona en dos sentidos
1 tiene obligación de auxiliar al donante cuando se halle en estado de pobreza
2 el donatario debe abstenerse de contraer algun delito contra el donante de su honra o sus bienes o en contra sus ascendientes descendientes o cónyuge del donante.
· Se puede pedir revocación(supervivencia de los hijos)
Las donaciones pueden ser revocadas o reducidas por supervivencia de los hijos, revocadas por simple ingratitud del donatario y revocadas y reducidas por inoficiosas art. 2359 ccdf
· 5 años de plazo para preinscribir
· Si se pasan los años quedan sin efectos
· Si nace un hijo póstumo dentro de los 5 años se pide la revocación (la esposa) en su totalidad
*no puede regalar todo el donante si tiene hijos que mantener se vuelve inoficiosa
Preinscripción de la donación
Si transcurrieran 5 años desde que se hizo la donación y el donante no ha tenido hijos o teniéndolos no a solicitado revocación o reducción este se volverá irrevocable
*cuando existiera un hijo póstumo la donación se tendrá por revocada en su totalidad.
Casos en que la donación no puede ser revocada aun cuando hayan sobrevenido los hijos al donante.
· Cuando su monto sea menor de $200 pesos
· Cuando la donación sea antenupcial
· Cuando sea donación entre consortes(autorización judicial)
· Cuando la donación sea pura y remuneratoria.
En donante no puede renunciar anticipadamente al derecho de revocación por supervivencia de los hijos es decir el donante que renuncie a revocar la donación aunque vengan los hijos será inoficiosa
Las personas que pueden ejercer la acción de revocación son:
a) Donante
b) Hijo póstumo=} por medio de la madre como representante legal
c) Todos los acreedores alimentarios pueden pedir reducción o revocación por concepto de alimentos.
Las donaciones serán inoficiosas:
Cuando perjudiquen la obligación del donante de administrar alimentos necesarios a sus acreedores alimentarios conforme a la ley (hijos, padre, conyuje, concubina)
Características especificas del contrato de donación
a) Este contrato se manifiesta hasta que el donatario hace saber su aceptación al donante
b) No puede recaer en bienes futuros
c) Es el único contrato en el que se puede trasmitir el dominio de una parte proporcional del patrimonio
d) El donante solo se hará responsable de evicción si así lo estableció el contrato
e) Es el único contrato que establece gratitud por una de las partes
Contrato mutuo 2384 ccdf
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C
ontrato en virtud del cual una persona llamada mutuante se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de cosas fungibles a otra persona llamada mutuatario que se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad (bienes muebles)
Características
· Nominado
· Bilateral
· Conmutativo
· Instantáneo
· Real
· Formal
· Consensual en posición al formal
· Oneroso
· Principal
· Tracto sucesivo
Elementos esenciales
Consentimiento: se forma cuando el mutuante está conforme con transferir la propiedad de cosas fungibles o suma de dinero al mutuatario y este se obliga a restituirlas en la misma especie y calidad.
Objeto: lo constituye los bienes fungibles y las sumas de dinero (las cosas fungibles son los bienes que pueden ser remplazados).
Elementos de validez
· Capacidad de ejercicio
· Capacidad especial de ser propietario del bien
Forma:es un contrato consensual en oposición al formal pero podrá ser formal cuando el monto de la suma de dinero sea una cantidad de respetable de acuerdo al mutuante
Obligaciones del mutuante
· Transferir el dominio de la cosa
· Transferir la cosa en forma real jurídica o virtual
· Se obliga a entregar la cosa en el tiempo lugar y forma convenida
· Responder de vicios ocultos
· Responder de evicción aunque nada se haya expresado
Obligaciones del mutuatario
· Restituir las cosas dadas en mutuo
· Si se trata una suma de dinero se debe de entregar la misma cantidad no importa la denominación y si se hace en moneda extranjera y la alteración que se experimente en el valor será daño o perjuicio o beneficio del mutuatario
· Pagar el interés cuando así se hubiese pactado
Existen dos tipos de interés
1 Convencional=aquello que pactan las partes 15%
2 Legal=lo marca la ley art 2395 ccdf 9 % anual
· Responder de los vicios ocultos
· Responder por evicción
· Existe el delito de fraude cuando el interés es excesivo y se constituye la usura
Contratos traslativos de uso y goce
Comodato art 2497
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C
ontrato en virtud del cual una persona llamada comodante se obliga a transferir gratuitamente el uso de una cosa no fungible a otra persona llamada comodatario quien a su vez se obliga a retribuir la cosa individualmente es decir la misma cosa prestada.
Características
· Nominado
· Bilateral
· Oneroso
· Gratuito
· Conmutativo
· Principal
· Real
· Formal
· Consensual en oposición al formal
· Tracto sucesivo
· Consensual en oposición al real
Elementos esenciales
Consentimiento: Cuando una parte este conforme de transferir gratuitamente el uso de una cosa no fungible y la otra esté conforme en retribuir la cosa prestada (el inmueble) cuando se solicite.
Objeto:lo constituye los bienes no fungibles es decir los bienes que no pueden ser sustituidos por otros de la misma especie calidad y cantidad.
Elementos de validez
Capacidad
· De ejercicio
· De ser propietario de la cosa
Forma: es un contrato consensual aunque se requiere para los bienes inmuebles hacer un contrato formal
Obligaciones del comodante
· Darle la posesión
· Responder por vicios ocultos
· Pagar en caso de desgaste del inmueble
Obligaciones del comodatario
· Mantener el inmueble en buen estado
· Restituir el inmueble cuando este se solicite
· Pagar los servicios que genere el inmueble
· Será responsable de la perdida de la cosa, si se le da un uso diverso
· Tiene como obligación no prestar el bien inmueble a un tercero
Como derecho es que cuando se haga un gasto extraordinario urgente en el cual no haya podido dar aviso al comodante podrá exigirle el pago
El comodato termina por la muerte del comodatario
Arrendamiento 2398ccdf
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C
ontrato en virtud del cual una de las partes llamada arrendador se obliga a transferir temporalmente el uso y goce de una cosa a otra parte llamada arrendatario quien a su vez se obliga a pagar por ese uso y goce una cantidad cierta y determinada
Características del contrato
· Nominado
· Bilateral
· Oneroso
· Conmutativo
· Tracto sucesivo
· Real
· Consensual en opo al formal
· Formal
· Tracto sucesivo
· instantáneo
· principal
Clases de arrendamiento
Arrendamientos civiles: son los que se realizan entre particulares
Arrendamientos mercantiles: es cuando recae sobre bienes inmuebles y existe el propósito de especulación mercantil
Arrendamiento administrativo: cuando recae sobre bienes que pertenecen a la federación o a los municipios
Elementos esenciales
Consentimiento: se da cuando una parte se obliga a transferir el uso y goce y la otra esta conforme y acepta el pago por ese uso
Objeto: todas las cosas dadas en arrendamiento excepto las cosas consumibles
Precio: consiste en una suma de dinero cierta y determinada
Elementos de validez
· capacidad de ejercicio
· capacidad de representación
· capacidad de propietario
Prohibiciones en el arrendamiento
1 los arrendatarios no pueden subarrendar
2 el comodatario no pueden sin el permiso del comodante celebrar contrato de arrendamiento
3 las personas que ejercen la patria protestad establecen que no pueden celebrar contrato de arrendamiento por más de 5 años ni recibir renta anticipada por más de dos años(cuando se trate de los bienes de los menores).
Forma: es un contrato consensual cuando la renta no pase de $100 anuales
En los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles cuando la renta es por más de 6 años con 3 años de renta adelantada es requisito inscribir el contrato en registro público de la propiedad.
Prohibiciones para recibir en arrendamiento
· los tutores pueden arrendar bienes de sus pupilos pero la renta no deberá ser para sus ascendientes, descendientes o cónyuge
· los magistrados jueces no podrán arrendar bienes que fueron juicios en los que intervinieron
· los terrenos ejidales no pueden ser dados en arrendamiento
Obligaciones del arrendador
· trasmitir el uso y goce temporal de la cosa
· no podrá de ser mas de 10 años para casa habitación y de 20 años para casa e industria
· entregar la cosa en termino convenido
· no estorbar el uso ni cambiar la forma de la cosa arrendada salvo el caso de reparaciones urgentes e indispensables
· conservar la cosa en buen estado para el uso del arrendatario
· garantizar el uso o goce pacifico
· garantizar la posesión útil 2
· responder de los daños o vicios ocultos de la cosa anteriores al arrendamiento
· responder de evicción
· preferir al arrendatario respecto a cualquier otro interesado en el nuevo arrendamiento.
Obligaciones del arrendatario
1 pagar la renta (consiste en una suma de dinero, ser justa, )
2 &nbs