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ASESORIA PENAL POR ROBO AGRAVADO
- Consulta : 9
- Autor : momojo774
- Publicado : 2010-07-26 12:37 desde la IP: 189.216.189.90
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,075
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 26 de Julio de 2010
Estado de Referencia: Distrito Federal
hola buenas tardes queria que me asesoraran tengo un familiar que fue sentenciado a 5 años un mes tres dias, por el delito de robo agravado (hipotesis de transeunte y violencia fisica ), misma que en la apelacion fue modificado la pena quedando a 4 años nueve meses, misma que se le nego la libertad bajo fianza por ser reincidente, dicha reincidencia cuenta con una antiguedad de 11 años, por lo tanto quisiera saber sipuedo ale alcanzar algun beneficio puesto que creo que en la ley hay algun beneficio,espero su contestacion, gracias en el distrito federal
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 9
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Julio de 2010 17:16 2010-07-29 17:16 desde IP: 189.243.138.23
Ante la reincidencia no cabe posibilidad de conmutar, es decir, que pagues por cada día de prisión, a menos que la primera vez que fue sentenciado sea por un delito culposo y luego comete uno doloso, entonces no hay reincidencia.
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Autor
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AutorRespuesta No: 3300
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Enero de 2015 16:47 2015-01-08 16:47 desde IP: 201.124.50.234
Por ser reincidente y por el delito que trae, sólo puede acceder al beneficio de libertad anticipada llamado Remisión Parcial de la Pena.
Como abogada, puedo ayudarte a realizar este trámite, pero necesito saber más datos de tu familiar:
1.- La fecha en que fue detenido;
2.- En qué número de juzgado le llevaron el proceso;
3.- Qué sentencia tiene actualmente;
3.- Qué numero de expediente tiene; y
4.- Nombre completo del sentenciado.
En cuanto puedas, envíame los datos al siguiente correo: maria12enriqueta arroba llajú punto com punto mx
Ya platicaremos con más detalle en cuanto me contactes por medio del correo electrónico, ok.
Mientras tanto, que tengas una buena tarde.
Atte., Lic. Enriqueta Hernández Hawk.
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Autor
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AutorRespuesta No: 3301
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Enero de 2015 16:57 2015-01-08 16:57 desde IP: 201.124.50.234
Esta consulta fue publicada el 29 de julio de 2010. Ya es muy antigua. No me había dado cuenta de la fecha y simplemente respondí la consulta con el objetivo de ayudar a la persona que la requería.
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Autor
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Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.