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PARA QUé SIRVE EL AMPARO CONTRA ORDEN DE APREHENSIóN?

  • Consulta : 552
  • Autor : adolfomas
  • Publicado : 2011-03-13 19:55 desde la IP: 189.236.20.172
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  • Visitas : 8,466
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  • Autor
    Consulta

  • adolfomas
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tabasco

    En el supuesto de que se solicite un amparo en contra de una orden de aprehensión y se termine ganando el juicio de amparo, queda invalidada la orden de aprehensión?  Si ese fuera el caso, la posible fianza también quedaría anulada?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 862

  • MEGREZ
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    asi es, pierde totalmente efectos esa orden de aprehension y te deben regresar la garantia, pero, debes estar muy al pendiente, en virtud de que si en esa orden de aprehension se cometieron errores por los cuales se concedio el amapro, se podria emitir una nueva orden de aprehension corrijiendo esos errores



  • Autor
    Respuesta No: 863

  • jcaesar
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    saludos.

    En efecto, como atinadamente lo dice el Lic Megrez, en respuesta anterior, debes estar pendiente de "como" es que se gana el amparo, pues la palabra exacta que se emplea, cuando se gana un amparo, es que se "conceda el amparo"  y puede que esa concesion sea para determinado efecto, en el que sera precisamente de este efecto, el que dependan los terminos exactos por los cuales se gana (concede),lo que puede acontecer, verbigracia,  para que se dejase sin efectos la orden, asi lisa y llanamente, o bien solo para que se fundase y motivase, o bien para que dejando acreditados la corporeidad de x determinado delito y la probable responsabilidad, se determin si se acredito otro delito (pues en ocasiones la orden de aprehension  atiende no a un delito sino a vairios y se te concede el amparo respecto de uno, pero de otro no).  asi pues el que se invalide o no la orden de aprehension, no solo depende de que se te conceda el amparo, o que se gane, como tu lo dices,  sino de saber los alcances propios de la concesión, (efecto de la concesion)

    en cuanto a tu duda tendiente a saber , si en el caso que se ganara el amparo, es susceptible de que se te devuelva la posible fianza? he de presumir que solicitaste la suspension del acto reclamado, se te fijo una cantidad, en el propio juicio de amparo,  a cuyo monto te refieres en tu duda. es correcto esto?

    si es asi... me gustaria hacerte la aclaracion que el amparo en si, no es lo que suspende la efectividad de la orden de captura, sino la suspension que tramites en el propio amparo y para que no deje de surtir efectos esa medida suspensional, se te fija una garantia de "x" cantidad. cuya devolucion depende especificamentede de que hayas dado o no cumplimiento a las obligaciones que te fije el juez de distrito que conoce del amparo, (presentacion ante autoridad que giro la orden, y en general cuantas presentaciones se tenga que hacer cuando sea requerido para ello). esto es, independiente de que se gane o se pierda e amparo (se te conceda o se niegue) es susceptible la devolucion que se otorga ante el juez del amparo.

    ahora bien si estamos hablando de un amparo indirecto contra una orden de prehension en el que ademas se solicita la suspension provisional, para la postre la definitiva, en el que se cubre la garantia fijada para que no deje de surtir efectos la propia suspension de la orden de captura, existe la posibilidad de que no se pueda ganar el amparo, pues si al ponerte a disposicion del juez que giro la orden (esto como obligacion de la suspension) conlleva a que no se paralice el proceso, sino que continue su marcha y existe la posibilidad de que se te dicte Auto de formal prision, o bien la libertad por falta de elementos para procesar, en donde , conllevaria ineludiblemente ha que se sobresea el amparo, pues dicha resolucion procesal, recae en un termino  que en comparcion a la resolucion del amparo, resulta ser relativamente mas breve. es decir se te dictara la resolucion de la dilacion constitucional, mas pronto a que se te resuelva el amparo. por lo que si sucede tal hipotesis se te va sobreseer el amparo, por ende, ni siquiera van a estudiar la orden de aprehension, por el cambio de situacion juridica que ocurre en tles casos, y dado que existen dos criterios jurisprudenciales (17/2008 y 45/2008 ) de la primera sala de la SCJN que en contradicion de tesis se han pronunciado en tal sentido;  pero reitero, aun en tal caso es susceptible que se te devuelva la garantia del amparo. obviamente en el proceso al que des continuidad se te fijara una garantia, ya no tanto por la orden en si, sino para que enfrentes el resto del proceso penal, en libertad, para lo cual se te fijaran una cantidad por concepto de libertad personal, otra cantidad por la posible reparacion del daño y otra cantidad por concepto de posible multa, si es que el delito señalado, contempla la imposicion de la sancion de multa. cuyas cantidades estaran sujetas a la culminacion total del procedimiento y a la posible absolucion o condena de que sea materia tu asunto en especifico.

     



  • Autor
    Respuesta No: 865

  • jcaesar
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    asi pues, en cuanto a tu pregunta de saber para que sirve el amparo contra una orden de aprehension?, me atreveria a resumirte, que:

    A) si se solicita con suspension, esto es por que el delito nosea grave, sirve para regularizarte en el proceso del que deviene la propia orden, y aunque se cancele la orden en si, al existir un cambio de situacion juridica, te sujetes al proceso, en caso que se te dicte auto de formal prision.

     

    B) en el caso de que no se solicite suspension, el amparo sirve para que se haga el estudio constitucional de la orden de aprehension, pus como no contraes la obligacion de someterte ante la autoridad que giro la orden de captura, no acarrea el sobreseimiento, por ende, en audiencia constitucional, se debe determinar si la orden es o no violatoria de garantias y en sentencia, concederte o negarsete el amparo (ganarse o perderse)



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