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PIDO PORFAVOR ASESORIA SOBRE UN AMPARO CONTRA ORDEN DE APREHENSION
- Consulta : 386
- Autor : desaparecido
- Publicado : 2011-01-07 10:42 desde la IP: 200.94.234.230
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,423
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 07 de Enero de 2011
Estado de Referencia: Michoacán
hola, espero me puedan asesorar sobre este tema, gracias.
a una persona se le acusa de haber cometido un homicidio en el 2002, nunca se encontro el arma, el incluso fue al velorio del occiso, a los 3 dias se va al extranjero (teniendo los boletos para viajar desde antes de que se cometiera el delito, hay testigos de ello) y alguien lo acusa de ese delito sin tener pruebas suficientes mas que el decir que habian encontrado la funda de una arma que le pertenenecia a el, se consigna la averiguacion previa sin detenido y existe una orden de aprehensión. Por medio de un abogado intenta ampararse en 2005 y le niegan el recurso. El quiere regresar a Michoacán (donde fue el delito), pero tiene miedo a que lo detengan. la pregunta es, ¿Es posible que pudiese ampararse contra esa orden de aprehensión? o que recurso puede interponer para que no lo detuvieran? soy estudiante de la lic. en derecho.
Saludos.
feliz año 2011!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 636
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Enero de 2011 19:47 2011-01-07 19:47 desde IP: 201.114.174.52
Hola: Bueno y los actos reclamados en el Amparo Indirecto promovidos en el 2005 ...fueron solamente la Orden de Aprehension..? si asi fue creo que la ineficacia de ese recurso lo coloco contra la pared, ......se que quizas como estudiante de la carrera quisieras hacer algo mas, pero lamentablemente como lo he dicho muchas veces no se vale que se quemen oportunidades de Adecuada defensa y en el 2005 quemaron una muy buena. que le pudo dar un giro la sugerencia es que no vaya a michoacan pues sera capturado....
LIC. ESTRADA email: despachoestrada arroba hottmail
cel. 55 43442775
Nextel: 52* 14* 43196
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Autor
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AutorRespuesta No: 638
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Enero de 2011 22:44 2011-01-07 22:44 desde IP: 200.94.236.101
hola, gracias por la asesoria, al parecer el acto reclamado en el amparo indirecto si fue solamente la orden de aprehensión, según el abogado le dijo en ese tiempo (año 2005) que se viniera a Michoacan y que lo detendrian 72 hras. y despues de eso quedaria libre y asi poder ampararse, pero el no quizo arriesgarse y no vino... entonces por ahora es mejor que no venga, hasta que pase cuanto tiempo? En Michoacan segun el art. 264, 265 y 267 del codigo penal menciona que la pena minima en homicidio simple es de 15 años, por riña 10 años la minima y homicidicio calificado la minima 20 años.
saludos y en verdad muchas gracias por su asesoria Lic.
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Autor
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AutorRespuesta No: 639
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Enero de 2011 11:02 2011-01-08 11:02 desde IP: 189.217.182.235
Distinguido Estudiante
Lamentablemente, no se pueden estar interponiendo amparos, cada cierto tiempo para combatir el mismo acto reclamado emitido por las mismas autoridades, recuerda que cuando se corre traslado al Juzgado Penal, este al rendir sus informes, enviara copia del anterior amparo, para evitar que sorprendas al Juzgado federal, además ellos llevan un control de los juicios de amparo.
Cuando se interpuso el amparo el C. Juez al enviar sus informes debió enviar copia certificada de toda la causa penal, y puedes conseguir esas copias y conocer las pruebas aportadas por el C. agente del Ministerio Publico, para ejercitar la acción penal en contra del supuesto homicida, que desde luego como lo mencionas solo existe solo una imación y una funda de pistola que puede servir para armas de diferente calibre, el artículo 19, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se advierte que el legislador, al exigir a la autoridad judicial que al emitir un auto de formal prisión cuente con "datos bastantes" que hagan probable la responsabilidad penal del indiciado, tuvo como propósito que la sola imación de una persona fuera insuficiente para motivarlo, pues debe encontrar apoyo en otro u otros medios probatorios para hacer verosímil la imación que obra en contra del inculpado; estimar lo contrario, y otorgar a un testimonio aislado el alcance de "datos bastantes", es restringir la trascendencia de su significado, lo que vulnera la garantía de legalidad consagrada en dicho precepto
En caso que planteas existen varias soluciones legales, los abogados noveles piensan que lo único es presentarlo y exponerlo a la prisión preventiva, pero te repito hay mas soluciones piensa cuales son.
Quedo a sus órdenes para cualquier comentario
Atentamente
Lic José Juan Aguilera
Talento, pasión y trabajo
Tel. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx
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Autor
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AutorRespuesta No: 640
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Enero de 2011 22:00 2011-01-08 22:00 desde IP: 189.200.85.206
En realidad sere breve, Un amparo en este momento no procede debido a que efectivamente ya se interpuso uno y lo negaron, pero lo negaron debido a que LOS DELITOS GRAVES NO PUEDEN AMPARARSE PARA GOZAR DE LA LIBERTAD PROVISIONAL y como lo puedes apreciar por que estudias derecho el tipo penal de homicidio encuadra porlo que comentas mas contiene calificativas por lo que describes, RIÑA.
Es por esto que este recurso es IMPROCEDENTE, Las respuestas a tus dudas las encontraras en EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE TU ESTADO para que cheques , ten en cuenta que las calificativas son agravantes y un delito al tener una calificativa se configura como GRAVE, es por esto que lo mas recomendable es que no regrese.
Intente explicarlo con las palabras mas basicas para que fuera facil de entender, espero que te sirva.
SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 664
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Enero de 2011 22:26 2011-01-12 22:26 desde IP: 189.136.241.113
hola por el tiempo ya transcurrido del amparo a lo mejor puedes interponer otro amparo buscapies para saber si la orden esta vigente o a lo mejor ya la cancelaron y se podria checar la prescripcion del delito cualquier duda estoy a sus ordenes en los telef. 55829411 361980407 monica delgado distrito federal
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AutorRespuesta No: 666
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Fecha de respuesta: Jueves 13 de Enero de 2011 14:19 2011-01-13 14:19 desde IP: 189.217.192.170
Distinguida Sra. Mónica delgado.
Por su consejo que trascribo a bajo exhibe que no solo no conoce de leyes si no tampoco es abogada?
"hola por el tiempo ya transcurrido del amparo a lo mejor puedes interponer otro amparo buscapies para saber si la orden esta vigente o a lo mejor ya la cancelaron y se podria checar la prescripcion del delito cualquier duda estoy a sus ordenes en los telef. 55829411 361980407 monica delgado distrito federal"
Puede proporcionar el número de su celula profesional
atte.
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
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Autor
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Le recordamos que solo los abogados con la especialidad de la sala pueden contestar las consultas.