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Sala Penal
AMPARO
- Consulta : 288
- Autor : ivachi07
- Publicado : 2010-11-24 10:02 desde la IP: 189.137.179.139
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 9,462
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 24 de Noviembre de 2010
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 490
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Noviembre de 2010 21:07 2010-11-24 21:07 desde IP: 189.236.85.154
La suspención se decretara cuando concurran los siguientes requisitos, que la solicite el agraviado, que no se siga perjuicio al interes social, ni se contravengan disposiciones de orden publico, que sean de dificil reparación los daños o perjuicios al agraviado con la ejecución del acto, cuando se trate de algun otro acto que, si llegase a consumarse, haria fisicamente imposible restituir al quejoso en el goce de la garantia individual violada, contra actos positivos procede la suspención del acto siempre y cuando concurran las circunstancias antes anotadas. Espero te sea de utilidad esta respuesta.
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