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A PARTIR DE CUANDO EMPIEZA A COMPUTAR UN INTERNO CAUSA PENAL DIVERSA

  • Consulta : 2243
  • Autor : IRAN ELI
  • Publicado : 2016-06-23 13:32 desde la IP: 187.191.10.41
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 8,484
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  • Autor
    Consulta

  • IRAN ELI
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Chiapas
    Hola buenas tardes, estoy interesado en el tema de la compurgación de sentencias penales, y quisiera plantear el siguiente problema: si a una persona la detienen por el delito de robo con violencia (delito común), al mismo tiempo por la de portación de arma prohibida (arma de fuego) (delito federal), y los agentes aprehensores lo detienen a las 11:00 once horas del día 11 once de septiembre del año 2013 dos mil trece, por el primer delito le imponen la pena de 02 dos años 09 nueve meses, y por el segundo ilícito le imponen la pena corporal de 03 tres años de prisión; ahora bien, en el entendido de que por el primer delito lo tendrá compurgado el 11 once de junio del año 2016 dos mil dieciséis a las 11:00 once horas, "mi duda es: si el delito federal empezara a comarse a las 11:01 once horas con un minuto de ese mismo día o empezara a comarse al día siguiente, es decir a partir del 12 doce de junio del año 2016 dos mil dieciséis", espero pronta respuesta por favor, que pasen buena tarde

     

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  • Autor
    Respuesta No: 3352

  • LIC ESTRADA
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola: para ese topico existe un criterio denominado compurgacion simultanea y ambos empiezan a correr al mismo momento, incluso seria bueno promoviera un incidente de acumulacion y con el sin problema podra obtener resultados favorables... LIC. ESTRADA Asesoria En linea por medio de whatssap sin costo 55 43442775.



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