Estado de Referencia: Zacatecas
Soy un artista independiente, que solo una vez al año a traves de los festivales que organiza el instituto de mi estado puedo por así decirlo vender mi trabajo que esta clasficado como un bien efímero, actual mente se nos esta obligando a registrarnos en el patron de proveedores de gobierno del estado con un costo de $600.00 y vigencia de un año. Mi pregunta es existe un fundamento legal que me obligue a registrarme en padron para poder acceder a esta unica fuente de trabajo?, porque de no hacerlo no tendre el derecho de trabajar, áún cuando el contrato legal no contenga ese rubro?
se amparan en la ley de adquisiciones arrendamiento y prestaciones de bienes muebles, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado.
Es legal que tenga que pagar para trabajar? aún cuando estoy registrado ante hacienda y pago mis impuestos?