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DIVORCIO UNILATERAL Y PENSIóN ALIMENTICIA

  • Consulta : 4277
  • Autor : RDavidAN71
  • Publicado : 2012-11-29 18:27 desde la IP: 201.114.119.104
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 5,472
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  • Autor
    Consulta

  • RDavidAN71
    USUARIO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Hidalgo

    Buen dia...

    Mi nombre es Rey David y quiero exponerles mi situación jurídica, espero ser lo más concreto y explícito posible... 

    Desde el 2002 y hasta la fecha tengo una pension alimenticia como empleado de gobierno del 50% de todas y cada una de mis percepciones, con un primer matrimonio con el cual proceamos dos niños quienes actualmente uno tiene 20 años quien estudia la preparatoria abierta y una niña que estudia la secundaria

    Me volvi a casar en el 2004... pero en septiembre de este año la madre de mis hijos con quien contraje nuevamente matrimonio y del cual existen 2 niños de 9 y 7 años respectivamente. Me demando pidiendo el Divorcio Unilateral, y por ello me fijaron una pension alimenticia inicial del 30% igual como empleado de gobierno.

    Obvio, recurri a un abogado para contestar la demanda de Divorcio... pero éste contesto la demanda como se contesta una demanda y no como nos lo solicitaban... que era contestar con una Contrapropuesta de Convenio... y por el hecho de no hacerlo asi.. no nos consideraron la respuesta y nos hicieron inválido ese derecho... razón por la cual... solo estamos esperando la fecha para que nos dicten sentencia...

    Derivado de lo anterior:

    • Actualmente me quitan el 80% por las 2 pensiones alimenticias, ¿es válido? en la respuesta a la demanda solicitamos la Prelacion y no nos la aplicaron..
    • Forzosamente se tuvo que contestar la demanda con una contrapropuesta de convenio... ¿Es la forma o el fondo?
    • Desde hace 8 años me estan descontando mi casa con el 30% de mi sueldo base...
    • La juez me esta dejando en estado de indefension...
    • Obvio, despues de la sentencia, procede la apelacion o el amparo???

    No tengo dinero para pagar a un buen abogado... y para serles muy franco... los defensores de oficio como que no son de buen fiar... AUXILIO!!!!!

     

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  • Autor
    Respuesta No: 4698

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En su caso, la Juez no lo ha dejado en estado de indefensión, pues tuvo un término para dar contestación a la demanda.

    Si Usted contrató a un abogado que desconocía el trámite, es bajo su riesgo y cuenta, precisamente porque Usted lo eligió y fue su decisión hacerlo de esa forma.

    No obstante lo anterio, le comento que en el divorcio incausado, la sentencia principal decretará la disolución del vínculo matrimonial y las cuestiones de pensión alimenticia, guarda y custodia y demás, con las cuales Usted no quedé de acuerdo, podrán ser modificadas mediante la interposición de un incidente, en el cual se hagan valer las pruebas y argumentos que considera que harán procedente su petición.

    En tal sentido, no tiene caso apelar o interponer un amparo contra la resolución que se dicte en el divorcio incausado, sino interponer el incidente que en derecho corresponda.

    Si no quiere acudir con el defensor de oficio, entonces debe contratar un Lic. en Derecho, pero si no tiene para pagar uno bueno, lamentablemente el servicio que obtenga de uno "barato" no será el mismo, recuerde que lo barato sale caro... así que Usted sabe qué decisión tomar, pero forzosamente requiere de los servicios de un Lic. en Derecho...



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