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VISITAS SUPERVISADAS Y PENSIóN ALIMENTICIA
- Consulta : 5011
- Autor : frio3
- Publicado : 2017-05-03 16:35 desde la IP: 187.136.181.15
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 5,323
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 03 de Mayo de 2017
Estado de Referencia: Quintana Roo
Buen día, Mi expareja argumenta no poder trabajar porque le toca 1 vez a la semana visita supervisada hora y media con nuestro hijo ... como resultado de esto, lleva 1 año sin dar la pensión que la juez le decretó provisionalmente Es este un argumento válido para no cumplir con sus responsabilidades? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 6126
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Fecha de respuesta: Domingo 14 de Mayo de 2017 05:57 2017-05-14 05:57 desde IP: 187.169.59.3
Rea un saludo cordial. Absolutamente no es excusable, los alimentos son de orden público, ininterrumpidamente deben ministrarse,requiere de los servicios de un abogado,(en caso de tenerlo el debe realizar lo siguiente) porque si ya existe convenio definitivo o sentencia (dependiendo su situación en particular). Necesita ejecutarse, por incumplimiento del deudor.
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Autor
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