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IMPUESTOS QUE YA PRESCRIBIERON
- Consulta : 900
- Autor : Ana Romero Mx
- Publicado : 2013-02-26 21:51 desde la IP: 187.146.22.46
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 1,408
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 26 de Febrero de 2013
Estado de Referencia: Colima
Buen día.
En el estado de Colima no pagas la tenencia si no tienes otro adeudo con el estado. Sucede que yo no soy acreedora a ese beneficio porque debo impuestos de nómina de hace más de 6 años (cosa que hasta hoy me entero). Tengo entendido que los impuestos prescriben 5 años después de que estos se originaron o fueron solicitados en pago. Qué puedo hacer en este caso para no pagar ni los impuestos (que ya prescribieron), ni la tenencia ??????
Agradezco de antemano a quienes me asesoren en este caso.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1303
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Febrero de 2013 22:51 2013-02-28 22:51 desde IP: 189.235.217.22
El Código Fiscal de la Federación, señala que las facultades de la Autoridad prescriben en 5 años, pero no debe haber gestiones de cobro... es decir 5 años, sin ningún tipo de documento emitido por el SAT para cobrarte (cosa, practicamente imposible).
Desconozco si la legislación del Estado de Colima, prevea algo diferente a lo que te comentó, pero es una gestión difícil, busca a un buen abogado fiscalista en tú localidad.
Saludos.
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Autor
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