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IRRETROACTIVIDAD EN MATERIA ADMINISTRATIVA?
- Consulta : 929
- Autor : Lic. Barajas
- Publicado : 2016-01-19 16:15 desde la IP: 189.202.186.215
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 1,597
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 19 de Enero de 2016
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buenas tardes, soy estudiante y estoy investigando sobre la irretroactividad en materia administrativa, podría alguien ayudarme? es aplicable la irretroactividad en algún supuesto de carácter administrativo? o simplemente no se puede invocar? Agradezco cualquier comentario. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 1721
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Abril de 2016 19:38 2016-04-27 19:38 desde IP: 201.153.181.37
Estimado Lic. Barajas: ¿Pudiera ser más explícito en su consulta? Siempre se puede aplicar retroactivamente cualquier ordenamiento incluyendo jurisprudencia (en ciertos supuestos), recordando que nunca en perjuicio de persona alguna. Saludos.
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Autor
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