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  • Consulta : 286131
  • Autor : Magister Curiae
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  • Autor
    Respuesta No: 399987

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    FACEREZO:

    El forista AdvocatusRectus tiene razón pero solamente en parte, y al mismo tiempo deja de tenerla, lo cual merece que me explique:

    Usted informó que tiene al menor, pero su información fue insuficiente como para que de mi parte le desahogara la consulta, cuenta habida que nunca ha explicado cómo es que tiene al menor, y una de las causas es que el agente del Ministerio Público se lo haya dejado en custodia provisional, cuestión que carece de completa legalidad pero que justificaría que usted tenga consigo a su hijo.

    Otra posibilidad es que usted tenga al menor porque el agente del Ministerio Público lo entregó a la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y, a su vez, esta Dependencia se lo entregó a usted, lo que legitimaría totalmente el que tenga a su hijo.

    Aunque nadie le hibiera hecho entrega oficial de su hijo, tenemos que de conformidad con el derecho penal usted carece de responsabilidad penal porque tiene a su hijo con la finalidad de protegerlo de los malos tratos que le propina la madre, y tal conducta está prevista como una causa de justificación que elimina el delito, causa de justificación que extingue la posibilidad de la acción penal y que dentro del Código Penal se denomina “estado de necesidad”. consistente en que sea cometido un delito para salvar un bien jurídico mayor, como es el caso de usted, que incumpliría la orden judicial de pagar pensión porque tiene al niño a su lado y le proporciona los alimentos al tenerlo incorporado a su familia.

    Pero el asunto todavía tiene mayor trascendencia, cuenta habida que la madre del menor continúa recibiendo una cantidad de dinero que corresponde a la pensión alimentaria del hijo, pero que la destina para diferente destino, que pudiera ser para gastos personales y, en tales condiciones, la madre de dicho menor está cometiendo el delito de abuso de confianza, cuenta habida que el dinero solamente debe servir para los alimentos de su hijo.

    Cabe agregar que esta figura de abuso de confianza ya la he hecho valer en querellas penales y en beneficio de mis clientes, y siempre con éxito.

    Pero para otra ocasión será mejor que usted escriba todos los datos de su consulta.