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AutorRespuesta No: 399505
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Febrero de 2019 00:58 2019-02-22 00:58 desde IP: 187.244.248.191
Lo adquirido por herencia no es parte de la sociedad legal o conyugal, es exclusiva del heredero, ella podrá otorgar un poder ante el cónsul mexicano a favor de cualquiera de sus hermanos para que pueda tramitar la sucesión, así mismo con clausula para que pueda repudiar la herencia, para evitar pago de impuestos
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