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  • Consulta : 285620
  • Autor : olaguez
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  • Autor
    Respuesta No: 399505

  • olaguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo adquirido por herencia no es parte de la sociedad legal o conyugal, es exclusiva del heredero, ella podrá otorgar un poder ante el cónsul mexicano a favor de cualquiera de sus hermanos para que pueda tramitar la sucesión, así mismo con clausula para que pueda repudiar la herencia, para evitar pago de impuestos