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  • Consulta : 284796
  • Autor : AdvocatusRectus
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    Respuesta No: 398626

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si firmaron contrato de por medio, debe checar las clausulas en las que se obligaron, para efectos de hacerlas valer. Desde el momento del incumplimiento de la entrega debió promover la incumplimiento o rescisión del contrato, con la finalidad de hacer efectiva la penalidad; se entiende que ahora es un acto consentido.

    Ahora bien, si la maquina no funciona y no existe garantía de por medio, es su responsabilidad. como bien le orientaron, no existe ningún delito ya que la maquina es reconstruida, el hecho de que no haya formado pagares no quiere decir que no puede ser obligado a pagar, ya que como señalo Usted hay un contrato de por medio y se entiende que ahí se especifico el tiempo y forma de pago. Saludos.