- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 284483
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3408
- : 76 %
- : 23 %
-
AutorRespuesta No: 398369
-
Fecha de respuesta: Viernes 17 de Agosto de 2018 02:46 2018-08-17 02:46 desde IP: 189.141.4.134
el derecho a recibir alimentos... no es renunciable... y menos si lo pidió y se lo concedieron... de que puede por escrito ella renunciar a su porcentaje... claro que puede... que el juez lo conceda.... esa es otra cosa...
-
Autor