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Tradicional Foro de consultas
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AutorRespuesta No: 398045
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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Julio de 2018 13:40 2018-07-16 13:40 desde IP: 187.236.233.214
Estimada consultante. es obligación de los padres dar alimentos a los hijos, ellos no pueden rehusarse. hasta que tengan la mayoría de edad osean emancipados por el matrimonio. Si a usted le emplazan a juicio, solo responda lo del divorcio y deje a salvo los derechos de los hijos. El puede para cumplir con su obligación, consignando las cantidades obligadas. Consultenos en caso de dudas.pida una cita al . cel. . Frontera 23-A. Colonia Roma Norte. Lic. Trillo. No se dan consultas sin previa cita. Precios fijos desde el principio de su consulta. Lic. Trillo
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