Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 284229
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 397886

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    debes dejar que proceda la demanda...contratar un abogado y contestar la demanda... si te parece justo o no... eso nada tiene que ver con las formulas de derecho... haya pagado o no... ellos tienen el pagare... y se presume deuda.... salvo prueba en contrario...la prueba de los pagos ....la sabe presentar quie es abogado y sabe como contestar la demanda.... no vayan a dejar que se les venga el juicio y no contestar... porque terminaran pagando no menos del triple....