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AutorRespuesta No: 397793
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Junio de 2018 04:33 2018-06-01 04:33 desde IP: 189.216.131.84
Abogado le respondo, habiendo contraído nupcias bajo el régimen de separación de bienes a la cónyuge superstite en caso de no tener bienes propios o teniendo estos no igualan la porción que a un hijo correspondiese, le corresponde una porción igual a un hijo. Ahora bien por cuanto a que se dejaron a salvo los derechos de la cónyuge, esta tiene un termino de diez años para ejercitar la acción de petición de herencia. Saludos
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