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Fecha de respuesta: Martes 20 de Marzo de 2018 20:28 2018-03-20 20:28 desde IP: 189.141.6.120
las partes se obligan en la forma y terminos que así quisieron hacerlo... lee tu contrato.... por ahi... debe haber una clausula de resción de la relación contractual.... que se da con el pago de una fracción o de una pena... pero gratis... no te vas... y puede ser que no cuente en forma alguna el dinero que diste... tu abogado.... especialista en OBLIGACIONES CIVILES... sabe que hacer...
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