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  • Consulta : 283886
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 397521

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    las partes se obligan en la forma y terminos que así quisieron hacerlo... lee tu contrato.... por ahi... debe haber una clausula de resción de la relación contractual.... que se da con el pago de una fracción o de una pena... pero gratis... no te vas... y puede ser que no cuente en forma alguna el dinero que diste... tu abogado.... especialista en OBLIGACIONES CIVILES... sabe que hacer...