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  • Consulta : 283735
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 397287

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    una vez que se otorgo el divorcio... en ese momento termino la sociedad conyugal... el hecho que no se haya liquidado... no obliga a los exconyuges dar en liquidación bienes posteriores a la fecha del divorcio... y las adquisiciones ... posteriores son de cada uno de los exconyuges... en forma unica y legal... ahora bien... los hijos no tienen decho alguno sobre estos bienes... ya que los exconyuges... son los unicos que pueden decir de quien son esos bienes... y dejarlos en testamento a quien ellos quieran... no pueden ser obligados en forma alguna a dar sus bienes a persona que no quieran que las posea...