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  • Consulta : 282913
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 395184

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si el juez no dicto la sentencia al año... debio su abogado pedir su libertad... pura... llana y simple... articulo 20...inciso B)... fraccion VII... de la constitución politica de los estados unidos mexicanos...."sera juzgadi antes de 4 cuatro meses si se tratare de delitos cuya pena máxima no exceda de 2 dos años de prisión,.... y ANTES DE UN AÑO si la pena excediera de ese tiempo, solvo que solicite mayor plazo para su defensa;...".... es un texto actual... no puede tener 3 años y medio preso sin sentencia... no solo es inconstutucional... el director del penal lo debe poner en libertad... con o sin orden de juez... porque el juez no cumplio con su obligación constutucional... lo que puede aparecer en el expediente del proceso... es la firma del reo... solicitan cada seis meses un termino igual para lograr una mejor defensa... y por ese hecho no se libra la sentencia... cosa que ocurre seguido... ya que se saben CULPABLES... pero no quieren que les llegue la "voladora"...