Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 282372
  • Autor : Li-Ho
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 3
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 393923

  • Li-Ho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas noches: Dando respuesta a su consulta y después de dar lectura a su narración, se puede concluir que estamos en presencia del delito de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el Artículo 176 ter, del Código Penal del Estado de Jalisco, situación que deberá Usted denunciar ante el Ministerio Público para que éste dicte Primeramente las medidas cautelares necesarias, es decir, el MP. podría decretar que su hermano abandone la casa se su Señora madre y emitir una orden de restricción para que su hermano no se acerque a cualquiera de Ustedes, la penalidad por este delito, es de 4 meses a 4 años de prisión, lo anterior independientemente de la penalidad que resulte de la comisión de delitos contra la salud, si es que se acredita que su hermano se dedica a la venta de estupefacientes. Le recomiendo que se haga asesorar por un abogado especialista en Derecho Penal. Saludos Cordiales.