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  • Consulta : 281874
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 392923

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    del dia que se dicto el laudo... a la fecha de notificación del mismo... hay un termino de 15 dias para ampararse en contra de ese dictado... si ya paso... no hay nada....NADA... pero NADA que hacer...