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Fecha de respuesta: Viernes 20 de Enero de 2017 13:19 2017-01-20 13:19 desde IP: 189.180.251.121
del dia que se dicto el laudo... a la fecha de notificación del mismo... hay un termino de 15 dias para ampararse en contra de ese dictado... si ya paso... no hay nada....NADA... pero NADA que hacer...
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