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  • Consulta : 279371
  • Autor : LIC.IB
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  • Autor
    Respuesta No: 387720

  • LIC.IB
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    De ninguna manera le puede afectar, ya que los socios solamente son responsables de la aportación que realizan a la sociedad. Caso contrario ocurre si es Administrador Unico, o bien parte del COnsejo deAdministración, donde sus actos "personales" pueden afectar a derechos de otros que a su vez les pueden demandar, (incluyendo el fisco), por lo que en dicho caso si afectaría pero el 50% del patrimonio de su esposo, más no el de usted. Es decir que su patrimonio está protegido, siempre y cuando conste en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio que al momento de adquirir la propiedad existía la sociedad conyugal. De otra forma no es oponible su derecho a terceros. Espero que le haya sido de utilidad la respuesta.