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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Mayo de 2015 23:54 2015-05-17 23:54 desde IP: 189.155.233.156
Si tiene la omision...o espera que se impunge????....de impugnarse a sabiendas que ya fue detectada la obligacion de la declaracion que no realizo, lo unico que se hace es tiempo y al final pagara el impuesto con actualizacion y recargos mas la multa actualizada mas gastos de ejecucion, ademas, al impugnar debera garantizar el credito fiscal mas gastos (inutil) por abogado fiscalista, aunque no faltara el que lediga que es el abogado del chamuco y con un adelanto $$$, le arregla y quien sabe que mas.......considere pagar la multa y presentar la declaracion provisional, como obligado.......
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