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  • Consulta : 265726
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Necesita asistirse de abogado, una vez que cumpla la mayoría de edad, para que lleve a cabo los trámites ante el Juez que decretó la pensióin alimenticia, a efecto que le sea entregada a usted y no a su madre.

    Sin embargo, la circunstancia que sea usted quien decide emigrar de su Estado natal a otra Entidad de la República, no es causa bastante para que le sea incrementado el porcentaje de la pensión, por lo que deberá calcular cuidadosamente sus gastos y administrar el 25% que le fue otorgado.

    Ello, porque en ese porcentaje ya están incluídos los gastos relativos a la comida, el vestido, la habitación, la salud, el esparcimiento y, evidentemente su educación.