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  • Consulta : 237049
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Desafortunadamente, no, ya que durante el tiempo que usted estuvo viviendo con el finado, se encontraba casada civilmente, por lo que esa relaciín no cumplía con los requisitos establecidos en la Ley para poder ser considerada concubinato, ya que sólo se trató de un amasiato.

    Ahora bien, dado que el Juez que conoce del juicio sucesorio, desconoce que usted, durante su amasiato con el de cujus (finado), estaba unida en legítimo matrimonio con otra persona, dejó a salvo sus derechos para que, si reunía los requisitos exigidos por la legislación civil y acreditaba esa relacióin de concubina, lo que evidentemente usted sabe no puede hacer, podría inicial el juicio de petición de herencia.

    Pero repito, al estar usted casada, no podrá justificar jamás el concubinato, precisamente porque no se encontraba libre de matrimonio.